Posible asistencia de alojamiento y vivienda para sobrevivientes de desastres

Los sobrevivientes de desastres con daños en su residencia principal podrían ser elegibles para asistencia de alojamiento y vivienda de FEMA.

Reembolso de los gastos de alojamiento

Asistencia de alquiler

Reparación o reemplazo de la vivienda

Asistencia de alojamiento transitorio

Asistencia directa de vivienda provisional

Reembolso de los gastos de alojamiento

Dinero para reembolsar gastos por alojamiento en hoteles, moteles u otro tipo de alojamiento de corta duración si se ve desplazado temporalmente por el desastre.

¿Quién puede ser elegible?

Un sobreviviente de un desastre:

  • Que se alojó en un hotel, motel u otro alojamiento a corto plazo mientras estaba desplazado de su residencia principal.

*Si se vio afectado por un desastre declarado a partir del 22 de marzo de 2024, este dinero sólo está disponible si no recibe dinero para Personas Desplazadas bajo la Asistencia para Otras Necesidades.

Asistencia de alquiler

La asistencia económica puede estar disponible para sobrevivientes elegibles que necesitan un lugar para vivir temporalmente mientras se repara su hogar o hasta que obtengan una vivienda permanente.  

¿Quién puede ser elegible?

Un sobreviviente de desastre:

  • Cuya vivienda no es habitable como resultado del desastre
  • Que acepta mudarse
  • Cuyas necesidades de vivienda no están cubiertas por un seguro.

Conozca cómo solicitar.

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Un edificio de apartamentos.

Asistencia de alojamiento transitorio

Si se aprueba para el desastre, FEMA puede proporcionar alojamiento provisional utilizando hoteles participantes a los sobrevivientes de desastre elegibles.

¿Quién puede ser elegible?

Un sobreviviente de desastre:

  • Que es desplazado de su hogar y está alojado en un refugio de emergencia 
  • Cuya vivienda no es habitable o no es accesible debido al desastre

Conozca cómo solicitar.

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Un hotel.

Reparación o reemplazo de la vivienda

La asistencia económica puede estar disponible para propietarios de vivienda elegibles para que reconstruyan o realicen reparaciones esenciales en su vivienda para que sea seguro, salubre y funcional.

¿Quién puede ser elegible?

Un propietario de vivienda:

  • Cuya residencia principal es determinada inhabitable después de una inspección de FEMA
  • Que tiene una necesidad de vivienda no cubierta por el seguro

Conozca cómo solicitar.

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Una casa con una nube encima y agua de inundación al frente.

Asistencia directa de vivienda provisional

Este tipo de asistencia proporciona el uso temporal de unidades transportables de vivienda provisional de FEMA a los sobrevivientes elegibles.

¿Quién puede ser elegible?

Los sobrevivientes de desastres con daños en su residencia principal podrían ser elegibles para asistencia de alojamiento y vivienda de FEMA.

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