La Ley No FEAR

La "Ley No FEAR" Ley sobre Notificaciones y contra la Discriminación y Represalias para Empleados Federales de 2002

En 2002, el Presidente George W. Bush firmó la Ley sobre Notificaciones y contra la Discriminación y Represalias para Empleados Federales (No FEAR, por sus siglas en inglés), Ley Pública 107-174, Título I, Disposiciones Generales, Sección 101(1), requiere que cada agencia federal provea una notificación escrita sobre los derechos y protecciones que están disponibles para los empleados federales, los antiguos empleados federales, y los postulantes de empleos federales en el marco de las leyes federales contra la discriminación y para la protección de denunciantes que se enumeran en la Ley No FEAR. La Ley No FEAR aumenta la responsabilización de los departamentos y agencias federales por actos de discriminación o represalias contra los empleados.

La Ley No FEAR requiere que las agencias federales sean responsables de los incumplimientos de las leyes contra la discriminación y para la protección de denunciantes. Para cumplir con el Título III de la Ley No FEAR, FEMA deberá, entre otros requisitos, publicar un resumen de los datos estadísticos relacionados con las quejas sobre la Igualdad de Oportunidades en el Empleo que se presentan con la agencia. Se actualizan estos datos en esta página web cada trimestre.

Para más información sobre las regulaciones de la Ley No FEAR, refiérase a 5 CFR Parte 724, también como a la Oficina de DHS para Derechos Civiles y Libertades Civiles. Se puede encontrar más información relativa a las leyes federales contra la discriminación, para la protección de denunciantes, y sobre las represalias en www.eeoc.gov y www.osc.gov.

Medidas Disciplinarias

Según las leyes existentes, DHS se reserva el derecho, cuando sea apropiado, de disciplinar a un empleado federal por conducta incompatible con las leyes federales contra la discriminación y para la protección de denunciantes; las sanciones pueden llegar hasta el punto del despido del empleado. Sin embargo, en los casos en que OSC inicia una investigación de acuerdo con 5 U.S.C. 1214, de acuerdo con 5 U.S.C. 1214(f) DHS deberá obtener la aprobación del asesor especial para disciplinar a los empleados por su participación en la toma de represalias prohibidas, entre otras actividades. Ninguna disposición de la Ley No FEAR modifica las leyes existentes ni permite que DHS tome medidas disciplinarias infundadas contra un empleado Federal o infringir los derechos procesales de un empleado federal que ha sido acusado de discriminación.

Represalias por Participación en Actividades Protegidas

Un empleado federal, incluyendo un empleado de DHS, no podrá tomar represalias en contra de ningún empleado o postulante de empleo por haber ejercido los derechos otorgados por cualquiera de las leyes contra la discriminación y para la protección de denunciantes indicadas arriba. Si usted cree que ha sido víctima de represalias que se deben a su participación en una actividad protegida, usted deberá seguir, de la manera apropiada, los procedimientos que se describen en las secciones sobre las leyes contra la discriminación y para la protección de denunciantes o, si corresponde, los procedimientos administrativos o negociados sobre quejas para perseguir cualquier recurso legal.

Leyes para la Protección de Denunciantes

Un empleado federal--incluyendo los empleados de DHS--con la autoridad de tomar, dirigir a otros a tomar, recomendar, o aprobar cualquier acción de personal no podrá usar sea autoridad para tomar o negarse a tomar, o amenazar con tomar o con negarse a tomar, una acción de personal en contra de un empleado o postulante basada en la divulgación de información por parte de esa persona, si se cree razonablemente que esa información es prueba de contravenciones de: la ley, reglas o regulaciones; gravemente mala gestión; grave malgasto de fondos; un abuso de la autoridad; o un peligro sustancial y específico a la salud o seguridad pública, salvo en los casos en que la divulgación de tal información queda específicamente prohibida por ley y se exige específicamente por orden ejecutiva que tal información se mantenga secreta en el interés de la defensa nacional o la realización de relaciones exteriores.

Las represalias en contra de un empleado o postulante por hacer una divulgación protegida son prohibidas de acuerdo con 5 U.S.C. 2302(b)(8). Si usted cree que ha sido víctima de represalias por su calidad de denunciante, puede presentar una queja escrita (Formulario OSC-11) por Internet en www.osc.gov o en la dirección indicada a continuación:

U.S. Office of Special Counsel 
1730 M Street, NW., Suite 218,
Washington, DC 20036-4505

Datos y Estadísticas

Última actualización