Si no está de acuerdo con la decisión de FEMA

Una vez FEMA revise su solicitud, los resultados de la inspección y/o los documentos que envió, usted recibirá una carta que le explicará:

  • Si le aprobaron asistencia
  • Cuánta asistencia recibirá
  • Cómo se debe usar la asistencia
  • Cómo apelar la decisión de FEMA si no está de acuerdo con ella

La carta se enviará por correo electrónico o postal dependiendo de la preferencia que seleccionó al momento de llenar la solicitud.

Si no está de acuerdo con la decisión de FEMA, puede apelar dentro de 60 días de la fecha en la carta.

Documentos que debe incluir en su apelación

Si decide apelar la decisión de FEMA, la carta de FEMA le proporcionará información adicional sobre los tipos de documentos o información que necesitará.

Los documentos son aplicables específicamente a cada decisión tomada. Por ejemplo, si usted solicita asistencia adicional para ayudar a reparar su vivienda, querrá proporcionar a FEMA los recibos, facturas o cotizaciones de reparación recibidos por las reparaciones necesarias para su vivienda como resultado del desastre.

alert - info

Al final de su carta, busque un formulario de apelación que puede utilizar para enviarnos información adicional sobre su situación. También puede descargar el formulario de apelación (enlace en inglés).
 
Este formulario puede ayudarle a asegurarse de que tenga la información que FEMA necesita y le brinda un espacio para explicar cualquier contexto importante por el cual necesita ayuda. Si para usted es más fácil escribirnos una carta, eso está bien. Enviarnos un formulario de apelación o una carta junto a su información adicional es opcional.

Al momento de presentar cualquier documento a FEMA, debe incluir su número de solicitud de FEMA y el número de desastre en cada página.

Maneras de presentar sus documentos de apelación

Puede presentar sus documentos de apelación en línea, en persona, por correo o por fax.

alert - info

Si decide que un tercero presente una apelación en su nombre, incluya una declaración firmada por usted, que autorice al tercero a apelar una decisión en su nombre, a menos que esos documentos ya estén en el sistema.

En línea

Si configura una cuenta en línea, las apelaciones se pueden administrar a través de esta cuenta. Visite DisasterAssistance.gov/es, inicie sesión en su cuenta y cargue todos los documentos de respaldo utilizando el "Centro de carga" de correspondencia.

En persona

Lleve sus documentos de apelación a un Centro de Recuperación por Desastre (enlace en inglés).

Por correo

Envíe sus documentos de apelación a:

FEMA - Individuals & Households Program National Processing Service Center
P.O. Box 10055
Hyattsville, MD 20782-8055

Por fax

Envíe sus documentos de apelación por fax a:

(800) 827-8112
Attention: FEMA - Individuals & Households Program

Luego de presentar su apelación

Todas las apelaciones son revisadas. Las decisiones generalmente se toman dentro de los 30 días después de recibir la apelación, sin embargo, puede tomar hasta 90 días para una decisión. Es posible que se le solicite información adicional si FEMA no tiene suficiente información para tomar una decisión.

Se le informará por escrito la respuesta a su apelación, ya sea por correo o a través de la cuenta en DisasterAssistance.gov/es que creó cuando solicitó asistencia de FEMA.

Si tiene preguntas sobre su carta o cómo presentar una apelación, llame a la línea de ayuda de FEMA al 1-800-621-3362. Si utiliza el servicio de retransmisión de video (VRS, por sus siglas en inglés), el servicio telefónico con subtítulos u otros, proporcione a FEMA su número para ese servicio.

Apelación al cobro de deudas (recuperación) del Programa de Individuos y Familias

Si recibió una carta de Aviso de Posible Deuda, es importante que lea la carta cuidadosamente.

Puede apelar la decisión por escrito y solicitar una audiencia dentro de los 60 días a partir de la fecha de recibir la carta de deuda. Las audiencias orales se programan cuando FEMA determina que la pregunta sobre la deuda no puede resolverse únicamente mediante la revisión del archivo físico.

Una audiencia es una oportunidad para presentar pruebas relevantes (por ejemplo, testimonios o documentos adicionales) para respaldar su reclamo.

Visite la página de Audiencias de apelación al cobro de deudas (recuperación) del Programa de Individuos y Familias para obtener más información sobre el proceso.

Última actualización