FEMA está buscando propiedades multifamiliares que puedan usarse como viviendas provisionales para los sobrevivientes de los huracanes Helene y Milton que cualifiquen. Estas unidades deben cumplir los reglamentos de vivienda locales, estatales y federales.
Las propiedades multifamiliares que se considerarán deben estar ubicadas en las comunidades afectadas por los huracanes Helene y Milton y sus alrededores, que incluyen los condados Citrus, Columbia, Dixie, Hamilton, Hernando, Lafayette, Levy, Madison, Okeechobee, Pasco, Pinellas, Suwannee y Taylor. FEMA exhorta a todas las propiedades multifamiliares interesadas a que consideren participar.
La fecha límite para que los propietarios y administradores respondan es el viernes, 29 de noviembre de 2024. Las partes interesadas deben enviar un correo electrónico a fema-mlr-dr4828fl@fema.dhs.gov.
¿Qué es el programa de reparación y arrendamiento de propiedades multifamiliares?
El programa de reparación y arrendamiento de propiedades multifamiliares (MLR, por sus siglas en inglés) es una forma de asistencia de vivienda provisional que le permite a FEMA reparar o realizar mejoras en propiedades multifamiliares de alquiler/residenciales existentes, con el fin de proveer vivienda provisional a los solicitantes elegibles de FEMA. Las propiedades en el MLR se ofrecerán como vivienda provisional a los sobrevivientes de desastres elegibles. Las propiedades deben estar disponibles por un plazo no menor de 18 meses, con la opción de extender el contrato de arrendamiento. Las propiedades deben ser complejos capaces de alojar a un número considerable de personas en un solo lugar. Cada propiedad debe haber sido utilizada anteriormente como complejo de viviendas multifamiliares y contar con múltiples unidades de alquiler. Los hoteles, hospitales, residencias de ancianos, entre otras, no se consideran propiedades residenciales y no están autorizadas para MLR. El lugar debe poder repararse conforme a los reglamentos locales, estatales y federales en un plazo de cuatro meses y no puede estar ubicado en una zona inundable.
El programa MLR no está destinado a reparar o mejorar unidades individuales para realojar a inquilinos existentes.
¿Qué condiciones debe cumplir la propiedad?
- Todas las empresas de administración de propiedades o los propietarios deben inscribirse para hacer negocios con FEMA por medio del Sistema para el manejo de adjudicaciones (SAM, por sus siglas en inglés) en SAM.gov (enlace en inglés).
- El propietario debe proporcionar todos los servicios de administración de la propiedad, incluyendo el mantenimiento del edificio.
- Las unidades vacantes en la propiedad deben estar disponibles para ser arrendadas exclusivamente a FEMA para su uso como vivienda provisional para sobrevivientes elegibles por un plazo que no expire antes de 18 meses, con la posibilidad de extensión del contrato.
- La propiedad debe estar en una zona con acceso a servicios comunitarios e integrados, como transporte público accesible, escuelas, servicios de bomberos y emergencias, tiendas de comestibles, etc.
- Cada unidad debe proveer instalaciones completas e independientes para una o más personas y contar con instalaciones permanentes para vivir, dormir, cocinar e higiene.
- La propiedad debe tener varias unidades.
- La propiedad debe haber sido usada anteriormente como vivienda multifamiliar.
- El propietario debe estar de acuerdo en permitir que FEMA haga ajustes razonables y/o reparaciones o mejoras de modificación durante la vigencia del contrato de arrendamiento sin exigirle a FEMA que retire las mejoras al final del contrato de arrendamiento.
¿Qué otros términos y condiciones aplican?
- Una disposición que conceda a FEMA el uso exclusivo de las unidades y la discreción exclusiva para identificar y seleccionar a los ocupantes durante la vigencia del contrato de arrendamiento.
- Una disposición que conceda a FEMA la alternativa de ceder la unidad al propietario y poner fin a todos los pagos mensuales de la unidad en cualquier momento, mediante notificación con 30 días de anticipación.
- Una disposición que incorpore a cualquier contrato de arrendamiento entre el propietario y el ocupante un apéndice que contenga las condiciones de elegibilidad de FEMA y la terminación de la tenencia y el desalojo.
- Una disposición por la que se acuerde renunciar a la comprobación del crédito de los solicitantes elegibles.
- Una disposición que permita a FEMA reasignar una unidad desocupada cuando los solicitantes elegibles necesiten asistencia provisional de vivienda y haya una unidad disponible antes de que finalice el periodo de asistencia.
- Los propietarios deben estar en buenos términos y al día con los pagos de la hipoteca de la propiedad y garantizar la verificación de la situación hipotecaria, así como la prueba titularidad.
¿Qué información se solicita?
Los propietarios interesados deberán proveer la siguiente información:
- Nombre del complejo, ubicación, nombre del propietario y número de teléfono o información de contacto (si no es el propietario).
- Estado de los pagos hipotecarios de la propiedad.
- Número total de viviendas de la propiedad.
- Número de viviendas vacías que cuentan con baño, cocina y sala de estar independientes.
- Número de viviendas vacías disponibles para uso exclusivo de FEMA.
- Número de unidades de vivienda vacantes que cumplen con los Normas Uniformes de Accesibilidad Federales (UFAS, por sus siglas en inglés) y/o características que proporcionan accesibilidad para personas con discapacidades.
- Descripción de las reparaciones y mejoras necesarias para que las viviendas sean habitables.
- Descripción de las reparaciones en curso, si aplica.
- Plazo previsto para hacer habitables las viviendas (desde la firma del contrato).
- Año de construcción del edificio (si se conoce).
- Años en que el edificio se utilizó para viviendas multifamiliares.
- Tarifas de alquiler durante el último año de funcionamiento (indique si los servicios públicos estaban incluidos y, si era así, cuáles).
- Restricciones relativas a los animales domésticos como tipo, número o tamaño y fianza aplicable; y
- Número de estacionamientos (incluyendo los accesibles y accesibles para furgonetas) disponibles para cada unidad de vivienda.
¿Dónde respondo a la solicitud de información?
- Los propietarios o empresas de administración de propiedades interesados deben enviar sus respuestas y comentarios antes del viernes, 29 de noviembre de 2024 a fema-mlr-dr4828fl@fema.dhs.gov. El asunto del correo electrónico debe ser RFI# 70FBR425I00000006 Response: MLR-DR-4834-FL.
- Más información sobre esta oportunidad en SAM.gov (enlace en inglés).
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La misión de FEMA es ayudar a las personas antes, durante y después de los desastres.