Al determinar la cantidad de asistencia federal por desastre para la que un solicitante puede ser elegible, FEMA verificará que no haya "duplicación de beneficios", lo que también se conoce como “doble inmersión.”
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Por ley, FEMA no puede proporcionar asistencia financiera cuando cualquier otra fuente, como el seguro, ha proporcionado asistencia para la misma necesidad causada por el desastre o cuando dicha asistencia está disponible de otra fuente. Por ejemplo, FEMA no puede pagar las reparaciones del hogar si el propietario ya está recibiendo fondos suficientes de su compañía de seguros para las mismas reparaciones.
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El Programa de Individuos y Familias de FEMA proporciona asistencia financiera y servicios directos a personas elegibles y hogares que tienen gastos necesarios sin seguro o con seguro insuficiente y necesidades graves.
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La asistencia no es un sustituto del seguro y no puede compensar todas las pérdidas causadas por el huracán Ida. La asistencia financiera de FEMA está destinada a satisfacer las necesidades básicas y complementar las necesidades de recuperación por desastre de un solicitante.
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FEMA no puede proporcionar asistencia del Programa de Individuos y Familias cuando cualquier otra fuente ya ha brindado asistencia o cuando la asistencia está disponible de otro programa, seguro o cualquier otra fuente.
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El orden en que FEMA y sus agencias asociadas brindan asistencia a los sobrevivientes de desastres se establece para ayudar a evitar pagos por el mismo servicio de otras fuentes, estos incluyen:
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ayuda de emergencia de agencias voluntarias;
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los pagos de las reclamaciones del seguro;
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si el solicitante es elegible, subvenciones del Programa de Individuos y Familias de FEMA, incluida la Asistencia de Vivienda y/o el Programa de Asistencia para Otras Necesidades de FEMA;
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si el solicitante califica, un préstamo hipotecario por desastre a bajo interés de la Agencia Federal Para el Desarrollo de la Pequeña Empresa.
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Esta orden de servicios, que FEMA llama la "secuencia de entrega”, tiene la intención de evitar una duplicación de beneficios o doble inmersión; está destinada a maximizar los recursos disponibles y coordinar los esfuerzos para ayudar a los sobrevivientes de desastres a navegar el proceso de recuperación.
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Un ejemplo de una duplicación de beneficios es un inquilino que recibe asistencia de alquiler o vivienda de la Cruz Roja Americana o del estado de New York y también solicita asistencia de alquiler o vivienda de FEMA por el mismo período de tiempo. FEMA no puede proporcionar un beneficio que ya se le está proporcionando al sobreviviente.
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Los fondos recibidos de un reclamo de seguro contra inundaciones probablemente no se designarían para vivienda provisional o asistencia de alquiler. Por lo tanto, solicitar asistencia de alquiler o vivienda de FEMA NO sería una duplicación de beneficios.
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Los solicitantes asegurados deben proporcionar documentación a FEMA que identifique sus acuerdos o beneficios de seguro antes de que FEMA considere su elegibilidad para categorías de asistencia que pueden estar cubiertas por el seguro.
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Si bien FEMA no puede proporcionar asistencia para necesidades causadas por desastres cubiertas por los beneficios del seguro, FEMA puede proporcionar asistencia para ayudar a satisfacer las necesidades inmediatas de un solicitante cuando sus beneficios de seguro se retrasan por 30 días o sin que sea culpa suya. Si es así, un solicitante puede ser considerado para la asistencia inicial de alquiler.
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Los solicitantes elegibles para asistencia financiera federal reciben sus fondos por cheque o depósito directo. Una carta que explica el tipo y la cantidad de asistencia, y para qué debe usarse, llega poco después de que la asistencia financiera elegible se deposite en la cuenta bancaria del solicitante a través de depósito directo o después de que se envíe el cheque por correo, dependiendo de la preferencia del solicitante.
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Los solicitantes referidos a la Agencia Federal Para el Desarrollo de la Pequeña Empresa (SBA, por sus siglas en inglés) deben completar primero el proceso de solicitud de préstamo de la SBA. Si la solicitud de préstamo hipotecario es rechazada, la SBA remitirá al solicitante a FEMA para obtener más asistencia de FEMA. La SBA es la principal fuente de fondos federales para la recuperación de desastres a largo plazo que no está cubierta por el seguro. Si bien los solicitantes no están obligados a aceptar todo o parte del préstamo de la SBA, no deben pensar que al rechazar el préstamo por desastre calificarán para una subvención. FEMA y varias agencias voluntarias pueden determinar el monto del préstamo elegible, un beneficio que no se puede duplicar.
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Otros proveedores de fondos relacionados con desastres, como el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos, pueden analizar la cantidad de asistencia que recibe un sobreviviente de FEMA y sus usos previstos. Esto también es para evitar la duplicación de beneficios.
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Se insta a aquellos que reciben asistencia a conservar los recibos de sus gastos en desastres durante tres años para documentar que el dinero se utilizó para satisfacer las necesidades relacionadas con el desastre. Si un beneficiario recibe un acuerdo de seguro para cubrir los mismos gastos, él o ella debe reembolsar a FEMA. Los casos de los solicitantes pueden ser revisados para confirmar que los fondos se gastaron correctamente.
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Para ser considerados para la asistencia federal por desastre para el huracán Ida, los neoyorquinos deben haber sido afectados por la tormenta del 1 al 3 de septiembre y vivir en el Bronx, Brooklyn (condado de Kings), Queens, Staten Island (condado de Richmond), Dutchess, Nassau, Orange, Rockland, Suffolk o el condado de Westchester.
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Para solicitar asistencia de FEMA, visite DisasterAssistance.gov/es, use la aplicación móvil de FEMA o llame a la Línea de Ayuda de FEMA al 800-621-3362. Si utiliza el servicio de retransmisión de video (VRS), el servicio telefónico con subtítulos u otros, proporcione a FEMA el número de ese servicio. Los operadores de la línea de ayuda están disponibles de 7 a.m. a 11 p.m. todos los días. Presione 2 para español. Presione 3 para un intérprete que hable su idioma.
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Solicitar un préstamo de la SBA asegura que todas las opciones de asistencia por desastre disponibles permanezcan abiertas para usted. Si no es elegible para un préstamo hipotecario de la SBA, esto puede abrir la puerta a asistencia adicional de FEMA. Los solicitantes pueden presentar su solicitud en línea utilizando el sitio web seguro de la SBA en DisasterLoanAssistance.sba.gov o llamar al Centro de Servicio al Cliente de la SBA al 800-659-2955. Las personas sordas o con problemas de audición pueden llamar al 800-877-8339. Para obtener más información, envíe un correo electrónico DisasterCustomerService@SBA.gov.
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La fecha límite para presentar una solicitud a FEMA y la SBA es el martes, 4 de enero.
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Para obtener lo último sobre los esfuerzos de recuperación del huracán Ida en New York, visite fema.gov/es/disaster/4615. Siga a FEMA en Twitter en twitter.com/femaregion2 y en facebook.com/fema.