Resumen de la Sección 504

La Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés) se compromete a asegurar que todos tengan la oportunidad de acceder a nuestros programas, actividades, e instalaciones, independientemente de la discapacidad, de acuerdo con la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973 y las regulaciones de implementación relevantes de la Sección 504, 45 C.F.R. Parte 85 (Parte 85). La Sección 504 prohíbe que las agencias y programas Federales que reciben financiación Federal discriminen contra las personas calificadas con discapacidades. La Parte 85 especifica las acciones que deberemos tomar para asegurar que no discriminemos contra las personas con discapacidades.

El Plan 504 de Acceso para Discapacidades de FEMA

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