El Programa Del Seguro Nacional de Inundación de Fema Mejora el Proceso de Reclamaciones por Inundación y Extiende El Período de Gracia Para Las Renovaciones de Las Pólizas

Release Date Release Number
DR-4339-PR NR ES041
Release Date:
noviembre 1, 2017

Los asegurados afectados por el huracán María podrían recibir hasta $20,000 en pagos adelantados

WASHINGTON— Debido a los daños catastróficos y generalizados causados por el huracán María,, el Programa del Seguro Nacional de Inundación (NFIP, por sus siglas en inglés) de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés) está mejorando el proceso de reclamaciones del seguro de inundación y extendiendo el período de gracia a fin de pagar las primas de renovación de la póliza para los sobrevivientes asegurados y acelerar el dinero de recuperación para las reparaciones y el remplazo de las propiedades dañadas por las inundaciones.

La Agencia también quiere asegurar la cobertura del seguro de inundación continua para los asegurados actuales del NFIP afectados por esta tormenta, aunque no puedan pagar la prima de renovación de la póliza en este momento. FEMA está ordenando a todos los socios de seguros privados del NFIP a:

  • Proporcionar pagos adelantados en las reclamaciones de inundación, incluso antes de las visitas de un ajustador
  • Aumentar el pago adelantado permitido a los asegurados que proporcionen fotografías o vídeo que muestren los daños y gastos por la inundación, o un estimado detallado de un contratista
  • Eximir el uso del formulario inicial de Prueba de Pérdida (POL, por sus siglas en inglés)
  • Extender el período de gracia para el pago de las primas de renovación de la póliza del seguro de inundación del NFIP. Esta exención aplica a todas las pólizas del NFIP, ya sea emitida por el Agente de Servicio del NFIP o su Compañía de Write Your Own, suscritas para propiedades en las áreas de las Islas Vírgenes de los Estados Unidos, y Puerto Rico que han recibido una Declaración de Desastre Mayor para Asistencia Individual (IA, por sus siglas en inglés) bajo la Ley Stafford.

Pagos Adelantados

El NFIP está haciendo que sea más fácil para los asegurados recibir un pago adelantado por su reclamación por inundación para ayudarles a iniciar el proceso de recuperación lo antes posible. Después de presentar una reclamación del seguro de inundación, el asegurado puede discutir el pago adelantado con la aseguradora:

  • Cuando un asegurado se comunica con su aseguradora y verifica su identidad, podría recibir un pago adelantado de hasta $5,000 en una reclamación por inundación sin una visita del ajustador o documentación adicional. Cuando se emite el pago adelantado, se envía una carta al asegurado que explica que, al aceptar este pago, el asegurador está certificando el daño.
  • Se puede adelantar hasta $20,000 a un asegurado que proporcione fotos y/o videos que muestran los daños y los recibos que validan los gastos de bolsillo relacionados con pérdida por la inundación o un estimado detallado de un contratista. Los asegurados que tengan daño significativo que tengan un estimado detallado de un contratista podrían ser elegibles para un pago adelantado más grande y deben discutirlo con el ajustador.

Los pagos adelantados se deducen del monto final de la liquidación de la reclamación del asegurado. Los pagos adelantados solo pueden ser utilizados según los términos de la póliza. Por ejemplo, si un asegurado tiene una póliza de seguro de inundación de edificio/estructura, el pago adelantado debe utilizarse para reparar o reconstruir la estructura. O si un asegurado tiene cobertura de contenido, el pago adelantado debe utilizarse para reparar o reemplazar el contenido que estaba dentro de la estructura. Los pagos adelantados no pueden utilizarse para vivienda temporal ni gastos diarios.

Si la propiedad de un asegurado está hipotecada, la entidad bancaria también será nombrada en el pago adelantado emitido por una póliza de seguro de inundación de edificio/estructura. En este caso, tanto el asegurador como la entidad bancaria deberán firmar el cheque de pago adelantado.

Exención de la prueba de pérdida

Para agilizar la tramitación de las reclamaciones del NFIP por el huracán Maria, el NFIP está exonerando el requisito de que un asegurado presente un documento de Prueba de Pérdida (POL, por sus siglas en inglés) inicial. Así es cómo funcionará el procesamiento acelerado:

  • Después de que un asegurado presenta una reclamación, se establece una hora para que el ajustador inspeccione la propiedad dañada por la inundación. El ajustador documentará los daños y presentará un informe a la compañía de seguros del asegurado.
  • Si se descubren daños adicionales o el asegurado no está de acuerdo con el monto del pago, el asegurado puede solicitar pago adicional si no se han satisfecho los límites de cobertura de la póliza. Se requerirá un POL para solicitar un pago suplementario de la reclamación. Si el pago se emite basado en el informe inicial del ajustador y el asegurado no presenta una prueba adicional de la pérdida, la aseguradora cerrará el expediente.

Si un asegurado decide solicitar un pago adicional, que debe hacerse llenando un POL, tendrá un año a partir de la fecha en que haya sometido la reclamación inicial para presentar la solicitud a la compañía de seguros. FEMA ha informado a todos sus socios de seguros de NFIP sobre este proceso y cómo funcionará. Se exhorta a los asegurados de NFIP a colaborar estrechamente con un ajustador en este proceso acelerado.

Extensión del período de gracia para la renovación de las pólizas

Las Islas Vírgenes y Puerto Rico han sufrido las inclemencias de terribles inundaciones históricas causadas por los huracanes Irma y María. Debido a las repercusiones adicionales causadas por el huracán María, FEMA modificó las fechas de la prórroga del período de gracia anterior para las propiedades situadas en las Islas Vírgenes de los Estados Unidos y Puerto Rico. Para asegurarse de que los titulares de las pólizas afectados por el huracán María puedan concentrarse en su recuperación y continúen teniendo cobertura de inundaciones, FEMA extendió el período de gracia de cobertura continua del seguro de inundación a 120 días en las pólizas de Puerto Rico y las Islas Vírgenes de los Estados Unidos cuya renovación estaba programada durante el período de respuesta inmediata por el huracán María.

Las pólizas con fecha de vencimiento del 7 de agosto de 2017 al 18 de octubre de 2017 son elegibles para la extensión del período de gracia. El pago de esas pólizas debe ser recibido en un periodo de 120 días del vencimiento de la póliza. Ahora esta prórroga también aplica a las pólizas con avisos de pago insuficiente para pagos adicionales de primas vencidas entre el 7 de agosto y el 18 de octubre de 2017.

El NFIP no puede pagar una reclamación por una perdida por inundación que ocurre después de una fecha de vencimiento de la póliza a menos que la compañía de seguros del asegurado reciba el pago completo para la renovación en o antes del último día del período de gracia.

La extensión del período de gracia aplica a las pólizas del NFIP que cubren propiedades en

Puerto Rico, Islas Vírgenes de los Estados Unidos designados en la Declaración Presidencial de Desastre. Recomendamos a los asegurados del NFIP a comunicarse con su compañía de seguro y a hacer una reclamación por inundación lo antes posible. Para cualquier póliza con una fecha de renovación en o después del 19 de octubre de 2017, aplicará el período de gracia normal de 30 días.

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La asistencia de recuperación por desastre está disponible sin distinción de raza, color, religión, nacionalidad, sexo, edad, discapacidad, conocimiento de inglés o situación económica. Si usted o alguien que usted conozca ha sido discriminado, llame a FEMA al número gratuito 800-621-3362 (voz, 711/VRS – Servicio de retransmisión de video). TTY: 800-462-7585. Se dispone de operadores multilingües (presione 2 para español).

La Agencia Federal para el Desarrollo de la Pequeña Empresa (SBA, por sus siglas en inglés) es la fuente principal de dinero del gobierno federal para la reconstrucción a largo plazo de la propiedad dañada por desastres. SBA ayuda a negocios de todos los tamaños, a organizaciones privadas sin fines de lucro, a propietarios de vivienda y a inquilinos, y puede cubrir el costo de remplazar la propiedad personal o los bienes inmuebles perdidos o dañados por desastres. Los préstamos por desastres cubren las pérdidas que no estén cubiertas totalmente por el seguro u otras recuperaciones y no duplican los beneficios de otras agencias u organizaciones.

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