Ya está disponible la Asistencia de Desempleo por Desastre para los sobrevivientes de los terremotos

Release Date Release Number
DR-4473-PR NR 12
Release Date:
febrero 7, 2020

NOTA DEL EDITOR: Esta versión corrige la fecha límite para reclamar la Asistencia de Desempleo por Desastre del 28 de febrero al 3 de marzo y aclara los requisitos para presentar una reclamación.
 

CAGUAS, Puerto Rico – Las personas que hayan perdido sus empleos debido a los terremotos en el suroeste de Puerto Rico, y viven o trabajan en alguno de los 25 municipios que han sido aprobados por la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés) para recibir asistencia, podrían ser elegibles para recibir beneficios de desempleo.

 

Los terremotos que comenzaron el 28 de diciembre de 2019 afectaron los municipios de

Adjuntas, Arecibo, Cabo Rojo, Ciales, Corozal, Guánica, Guayanilla, Hormigueros, Jayuya, Juana Díaz, Lajas, Lares, Las Marías, Maricao, Mayagüez, Morovis, Orocovis, Peñuelas, Ponce, Sabana Grande, San Germán, San Sebastián, Utuado, Villalba y Yauco.

 

Bajo la supervisión del Departamento del Trabajo de los Estados Unidos, el programa de Asistencia de Desempleo por Desastre (DUA, por sus siglas en inglés) está subvencionado por FEMA y administrado por el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos del gobierno de Puerto Rico. DUA está dirigido a empleados y personas que trabajan por su cuenta que perdieron su empleo como consecuencia directa de los terremotos.

 

Para ser elegible al DUA, las personas: 

  • Deben haber reclamado al seguro por desempleo regular y haberse determinado que no son elegibles para recibir los beneficios;
  • Deben estar desempleados o parcialmente desempleados como consecuencia directa de un desastre mayor;
  • Deben estar disponibles para trabajar, a menos que estén lesionados como consecuencia directa del desastre;
  • Deben presentar una solicitud para DUA antes de que se cumplan 30 días desde la fecha del anuncio de disponibilidad de los beneficios de DUA;
  • No deben haber rechazado ninguna oferta de empleo para un puesto adecuado. 

Además, las personas desempleadas, incluyendo las que trabajaban por su cuenta, que vivían o trabajaban en las áreas afectadas al momento en que ocurrió el desastre mayor y que están desempleadas como consecuencia del desastre mayor podrían ser elegibles para recibir estos fondos, solo si:

  • Han solicitado y agotado todos los beneficios de desempleo regular de algún estado, o no cualifican para recibir beneficios de desempleo; o
  • No pueden trabajar o prestar servicios por su cuenta debido al daño físico o la destrucción del lugar de empleo como consecuencia directa del desastre; o
  • No pueden llegar a sus lugares de trabajo porque deben transitar por el área afectada y el desastre les impide hacerlo; o
  • Estaban a punto de comenzar a trabajar o a trabajar por su cuenta, pero se los impidió el desastre; o
  • Se convirtieron en los jefes de familia o en el sustento principal de la familia debido a la muerte del jefe de familia provocada por el desastre; o
  • No pueden trabajar o prestar servicios por su cuenta debido a las lesiones causadas por el desastre. 

Para entregar su reclamación de DUA, visite la oficina local más cercana del Negociado de Seguridad en el Empleo del Departamento del Trabajo de Puerto Rico o un American Job Center en su área. Se aceptan reclamaciones en persona de lunes a viernes de 8 a.m. a 4:30 p.m. Las reclamaciones de DUA también se pueden presentar por teléfono hasta las 4 p.m. en días laborables llamando al centro de llamadas del Departamento del Trabajo al 787-945-7900 o al 787-395-7328. Las reclamaciones interestatales (para personas que se hayan mudado fuera del estado o territorio) de DUA también se pueden presentar llamando al número 787-945-7898.

 

Para recibir beneficios de DUA, todos los documentos requeridos deben haberse entregado en el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos de Puerto Rico en o antes de haber transcurrido 21 días desde la fecha en que entregó su solicitud de DUA. Los documentos requeridos incluyen: el número de Seguro Social, una copia de su planilla de contribución sobre ingresos más recientes, talonarios de cheques y todos los documentos que comprueben que usted estuvo trabajando fuera o por su cuenta al momento de ocurrir el desastre. Los documentos antes mencionados se pueden entregar en persona en su oficina más cercana del Negociado de Seguridad en el Empleo o en el American Job Center.


La fecha límite para presentar a tiempo una solicitud de DUA es el 3 de marzo de 2020.

 

Los sobrevivientes también pueden hacer búsquedas de oportunidades de empleo y adiestramiento a través del American Job Center al acceder a CareerOneStop.org/LocalHelp.  

 

Los formularios de DUA requeridos y toda la información adicional se publicará en la página web del Departamento del Trabajo de Puerto Rico en https://www.trabajo.pr.gov/.

 

Para más información sobre la recuperación de Puerto Rico tras el desastre, visite gobierno de Puerto Rico, www.fema.gov/es/disaster/4473, www.twitter.com/femaregion2 y en Facebook: www.facebook.com/femapuertorico.

 

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La misión de FEMA es ayudar a la gente antes, durante y después de los desastres.

La asistencia para la recuperación de desastres está disponible sin importar la raza, el color, la religión, la nacionalidad, el sexo, la edad, la discapacidad, el dominio del inglés o la situación económica. Si usted o alguien que usted conoce ha sido discriminado, llame gratis a FEMA al 800-621-FEMA (3362) o 711 para el servicio de retransmisión de video. Hay operadores multilingües disponibles. (Oprima 2 para el español.) TTY llame al 800-462-7585.

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