Recibió una carta de determinación de daños sustanciales, ¿qué ocurre ahora?

Release Date:
enero 26, 2021

Si recibió una carta de su comunidad local para notificarle que su hogar o negocio tiene daños sustanciales, es probable que tenga muchas preguntas y no está seguro de qué debe hacer ahora.

¿Qué significa la carta?

  • Una notificación de daños sustanciales a su hogar o negocio significa que la comunidad ha determinado que la estructura de usted tiene una gran cantidad de daños. Estos daños podrían provenir de cualquier fuente (viento, agua, incendio, impactos de escombros y más) y la estructura se encuentra por debajo de la altura de inundación anticipada más cualquier nivel de protección adicional que su comunidad exige.
  • La carta indicará las medidas que usted deberá tomar para cumplir con los reglamentos locales — entre las cuales se podría incluir la elevación, la demolición o el traslado del hogar a un lugar fuera del área de alto riesgo de inundación. 

 

¿Los daños sustanciales son una regla de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés)?

Los daños sustanciales se incluyen en el acuerdo que su comunidad ha adoptado con FEMA mediante una ordenanza u orden. Las jurisdicciones que participan en el Programa del Seguro Nacional de Inundación (NFIP, por sus siglas en inglés) deben tener una ordenanza que especifica cuáles estructuras tienen que ser reparadas o reconstruidas para resistir inundaciones futuras.

 

¿Es FEMA la agencia que toma las determinaciones sobre daños sustanciales?

Solamente el funcionario de la comunidad local puede tomar determinaciones sobre daños sustanciales.

 

¿Puedo apelar la determinación de daños sustanciales?

  • Si no está de acuerdo con la determinación de daños sustanciales, su comunidad tiene un proceso de apelación. Usted podría proporcionar estimados de los costos de las reparaciones con más detalles, preparados por un contratista y un valor de mercado mediante una cotización de la propiedad.
  • El administrador de valles de inundación, el funcionario responsable de aplicar el código de construcción u otro funcionario responsable de las determinaciones y apelaciones solamente revisará la información que incluya más detalles que la información que se utilizó para tomar la determinación.

 

¿Puedo permanecer en mi hogar y hacer algunas reparaciones hasta que pueda tomar las medidas de cumplimiento indicadas?

Cuando una comunidad permite la habitación provisional, la solicitud de permiso debe documentar el propósito y la necesidad de la habitación provisional en la estructura dañada. Las comunidades podrán permitir las reparaciones mínimas que son necesarias para hacer que el hogar sea seguro y salubre. Las condiciones del permiso deben especificar los tipos de reparaciones que se pueden realizar y deberán incluir una declaración de que ninguna reparación o mejora será autorizada hasta que se haya completado una evaluación detallada. Esto varía de una comunidad a otra, y algunas no lo permiten. Consulte con sus funcionarios locales.

 

¿Hay asistencia económica para ayudar a tomar las medidas requeridas para que mi estructura esté en cumplimiento?

Podría haber. Es posible que su comunidad local haya señalado algunas de estas oportunidades de financiamiento en su carta de determinación de daños sustanciales. Las opciones podrían incluir beneficios, subvenciones y préstamos.

  • El beneficio de Incrementos al Costo de Cumplimiento de NFIP de FEMA podría estar disponible para los asegurados con pólizas del seguro de inundación estándar de NFIP después de daños específicos por inundación cuando su comunidad determine que su estructura ha sostenido daños sustanciales o repetidos. Este beneficio puede brindar hasta $30,000 para ayudarle a hacer que su estructura cumpla con los requisitos. Usted tendrá que proporcionar al ajustador del seguro la carta de determinación de daños sustanciales de su comunidad local. Para más información, visite https://www.fema.gov/floodplain-management/financial-help/increased-cost-compliance (enlace en inglés) o llame a NFIP al (877) 336-2627.
  • La Oficina del Gobernador de Seguridad Nacional y Preparación para Emergencias (GOHSEP, por sus siglas en inglés) administra los programas de subvención de FEMA en Louisiana.
    • El Programa de Subvención para la Mitigación de Riesgos de FEMA proporciona fondos a los gobiernos estatales, locales, tribales y territoriales después de un desastre declarado, los cuales se podrían utilizar para mitigar su estructura. La carta sobre daños sustanciales de su comunidad local será útil para el análisis coste-beneficio necesario para un proyecto de elevación, adquisición o reconstrucción. Para más información, comuníquese con su comunidad local o la Oficina de su Parroquia de Seguridad Interna y Preparación para Emergencias. Puede ver los contactos de las parroquias en http://gohsep.la.gov/ABOUT/PARISHPA (enlace en inglés).
    • Subvenciones de FEMA que no son por desastre: Los programas de subvención de Asistencia para la Mitigación de Inundaciones (FMA, por sus siglas en inglés) y Desarrollo de Infraestructura y Comunidades Resilientes (BRIC, por sus siglas en inglés) son subvenciones anuales que no son por desastre y que los gobiernos estatales, locales, tribales y territoriales pueden solicitar en nombre de propietarios de vivienda. Si su comunidad no solicitó antes de la fecha límite en 2020 o su vivienda no fue seleccionada como un proyecto, hable con los funcionarios de su comunidad local o parroquia sobre la posibilidad de ser incluido en 2021. Para más información sobre estas subvenciones, visite https://www.fema.gov/es/grants/mitigation.
    • La Subvención de Desarrollo Rural para reparaciones de viviendas unifamiliares (Subvención 504) del Departamento de Agricultura de EE. UU. podría estar disponible para los solicitantes mayores de 62 años con ingresos muy bajos quienes son propietarios de vivienda y ocupan la casa que les pertenece. La subvención de por vida puede ser hasta $7,500 para reparaciones. Por lo general, las zonas rurales con poblaciones menores de 35,000 habitantes son elegibles. Para más información y una lista de contactos, visite https://www.rd.usda.gov/programs-services/single-family-housing-repair-loans-grants/la (enlace en inglés) o llame al (866) 481-9571.
  • Préstamos:
    • Si recibe aprobación para un préstamo por desastre de la Agencia Federal para el Desarrollo de la Pequeña Empresa (SBA, por sus siglas en inglés), usted podría ser elegible para fondos adicionales para cubrir los costos de mitigación, incluyendo la elevación. El financiamiento de mitigación se limita al 20 por ciento de la cantidad total de los daños físicos a la propiedad inmueble y la propiedad personal, según verificada por SBA, hasta una cantidad máxima de préstamo de $200,000. La actividad de mitigación no tiene que ser incluida en la solicitud de préstamo original. Para más información, visite https://disasterloan.sba.gov/ela (enlace en inglés) o llame al (800) 659-2955.
    • Se pueden usar los Préstamos de Desarrollo Rural para reparaciones de viviendas unifamiliares del Departamento de Agricultura de EE. UU. (USDA, por sus siglas en inglés) para reparar y mejorar el hogar. El préstamo máximo es de $20,000, con un tipo de interés fijo de 1 por ciento para las familias de ingresos muy bajos. Por lo general, las zonas rurales con poblaciones menores de 35,000 habitantes son elegibles. Para más información y una lista de contactos, visite https://www.rd.usda.gov/programs-services/single-family-housing-repair-loans-grants/la (enlace en inglés) o llame al (866) 481-9571. 

Para más información sobre los daños sustanciales, vea la publicación de Answers to Questions About Substantially Improved/Substantially Damaged Buildings [Repuestas a Preguntas sobre los Edificios con Mejoras/Daños Sustanciales] en www.fema.gov/media-library/assets/documents/169099 (enlace en inglés). Para ver una grabación de un seminario en línea sobre las opciones de financiamiento para la mitigación de propiedades con daños sustanciales o repetidos, visite: https://fema.connectsolutions.com/p61ulejt0g8w/.

Para la información más reciente sobre el huracán Laura, visite Louisiana Huracán Laura (DR-4559-LA) | FEMA.gov. Para la información más reciente sobre el huracán Delta, visite Louisiana Huracán Delta (DR-4570-LA) | FEMA.gov. Para el huracán Zeta, Louisiana Huracán Zeta (DR-4577-LA) | FEMA.gov.

Los Especialistas de educación y alcance comunitario (CEO, por sus siglas en inglés) están disponibles para hablar con usted sobre cómo reparar y reconstruir de manera más fuerte y segura. Llame al 833-336-2487 o visite la página web de CEO para obtener publicaciones que puede usar como guías para su recuperación: https://fema.connectsolutions.com/la-es-mit/ o https://fema.connectsolutions.com/lamit/ para inglés.

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