La vivienda provisional de FEMA está disponible para los residentes elegibles de los condados Carter, Cocke, Greene, Johnson, Unicoi y Washington que fueron impactados por las inundaciones a causa de la tormenta tropical Helene.
Las familias elegibles podrán vivir en estas unidades, llamadas viviendas directas provisionales, durante un máximo de 18 meses hasta el 2 de abril de 2026.
Su solicitud de FEMA es su solicitud de Vivienda Directa Provisional. La fecha límite para solicitar es el lunes 2 de diciembre.
Tipos de Vivienda Directa Provisional
Si usted es elegible, FEMA le ofrecerá una de estas opciones basándose en sus necesidades, preferencias y disponibilidad:
ARRENDAMIENTO DIRECTO
FEMA alquila propiedades residenciales existentes, listas para ser ocupadas, para su uso como viviendas provisionales.
Los tipos de propiedades elegibles incluyen alquileres vacacionales, apartamentos corporativos o para universitarios, segundas residencias, viviendas unifamiliares, cooperativas, condominios y casas contiguas. Los hoteles y otros alojamientos transitorios no son elegibles para arrendamiento directo, ni tampoco las unidades que los solicitantes alquilan utilizando las subvenciones para Asistencia de Alquiler de FEMA.
Cada unidad debe disponer de instalaciones completas para vivir, incluyendo cocina, comedor y servicios sanitarios. La propiedad debe estar ubicada dentro de un acceso razonable a los servicios de la comunidad, tales como transporte público accesible, escuelas, servicios de emergencia y supermercados.
REPARACION Y ARRENDAMIENTO DE PROPIEDADES MULTIFAMILIARES
FEMA financia la reparación o mejora de propiedades multifamiliares de alquiler que se encuentran vacantes que los solicitantes elegibles puedan utilizar como vivienda provisional.
Las propiedades deben:
- Poder repararse en un plazo de 120 días una vez que FEMA los identifique para el programa. Todas las reparaciones deben cumplir los códigos de construcción locales, los requisitos de permisos e inspección y todas las leyes ambientales y de conservación histórica aplicables.
- Estar a una distancia razonable de las comunidades afectadas por el desastre y de los servicios esenciales, como transporte público accesible, escuelas, servicios de emergencia y supermercados.
- Proporcionar instalaciones para la vivienda completas e independientes que incluyan elementos permanentes para vivir, dormir, cocinar y saneamiento.
- Incluir al menos una unidad que cumpla las directrices de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades, proporcionando accesibilidad a los solicitantes con discapacidades u otras necesidades funcionales y de acceso.
UNIDADES DE VIVIENDA PROVISIONAL TRANSPORTABLES/VIVIENDAS PREFABRICADAS
FEMA coloca un remolque de viaje o unidad de vivienda prefabricada en un sitio privado o parque comercial, o coordina con los funcionarios estatales y locales para construir sitios de grupo para múltiples unidades.
- Sitios grupales: Un sitio grupal es uno construido específicamente para los sobrevivientes. FEMA paga los gastos esenciales, incluyendo electricidad, alcantarillado y basura. Los gastos de cable e internet son responsabilidad del ocupante.
- Sitios Privados: Dependiendo de la disponibilidad de espacio y conexiones de servicios públicos, FEMA puede colocar unidades en propiedad privada residencial o en un parque comercial. Los gastos de las unidades en sitios privados son responsabilidad del ocupante.
Cada unidad tiene de uno a tres dormitorios, dependiendo del número de miembros de la familia. Las unidades están completamente amuebladas, con nevera, microondas, lavaplatos, camas, luces, sofá, mesa y sillas. También hay conexiones para lavadora y secadora si quiere instalarlas y el lugar lo permite.
Instalar una vivienda prefabricada lleva su tiempo. FEMA debe inspeccionar los sitios para comprobar su viabilidad, y los contratistas deben obtener permisos locales y cumplir todas las ordenanzas locales, estatales y federales. Durante este proceso, las unidades se almacenan en un lugar cercano para que estén listas para los sobrevivientes lo antes posible.
Cómo solicitar asistencia
Para solicitar, visite DisasterAssistance.gov/es, utilice la aplicación de FEMA o llame a la línea de ayuda de FEMA al 800-621-3362. Las líneas están abiertas de 7 a.m. a medianoche, hora del Este. Los operadores hablan la mayoría de los idiomas; si utiliza un servicio de retransmisión, teléfono con subtítulos u otro servicio, puede proveer a FEMA su número para ese servicio. También puede visitar un Centro de Recuperación por Desastre. Para conocer las ubicaciones y los horarios, visite fema.gov/drc (enlace en inglés).
Para ver un vídeo accesible sobre cómo presentar la solicitud, visite FEMA Accessible: Registro para Asistencia Individual (youtube.com).