La reparación de un vehículo dañado por la tormenta por parte de FEMA se determina bajo el programa de Asistencia para Otras Necesidades de la Asistencia Individual. Se pueden autorizar reparaciones con un monto mínimo de $250 y un máximo de $4,000 con recibos. Si se reemplaza el vehículo, hay disponible hasta $4,000 con documentación.
- El vehículo dañado debe ser propiedad del solicitante o cosolicitante (el registro válido demuestra la titularidad).
- El vehículo debe haber estado registrado en el estado al momento del desastre.
- El vehículo debe cumplir con los requisitos estatales mínimos de seguro de responsabilidad civil.
- El solicitante no debe poseer un vehículo sin daños, a menos que se demuestre la necesidad demostrada de tener dos vehículos. (Se requiere transporte separado para fines laborales, médicos, escolares u otros propósitos esenciales).
- Si el solicitante es referido a la Agencia Federal para el desarrollo de la Pequeña Empresa (SBA, por sus siglas en inglés), el solicitante debe presentar una solicitud a la SBA.
- Verificación de que el vehículo sufrió daños debido al huracán Michael en uno de los condados designados.
Si el vehículo dañado no está incluido en la inspección de vivienda, se deben enviar los siguientes elementos para determinar si el propietario es elegible para la ayuda de FEMA para reparar o reemplazar el vehículo:
- Copia de matrícula válida al momento del desastre.
- Lista de todos los vehículos que posee y una breve descripción de los daños causados por el desastre.
- Verificación de los costos de reparación del vehículo por parte de un mecánico, o por medio de un recibo o estimación. Esta documentación debe contener una declaración del mecánico que indique que el daño fue resultado del desastre.
- Nombre del mecánico, nombre de la empresa, dirección y número de teléfono.
- Póliza de seguro del vehículo que indique el tipo de cobertura.
- Liquidación o declaración de seguro.
- Declaración que describa el motivo por el cual el vehículo es una necesidad imperiosa de transporte para la familia.
La documentación se puede presentar en cualquier Centro de Recuperación de Desastres, en línea en FEMA.gov, o por correo postal a FEMA – Individuals & Households Program, National Processing Service Center, P.O. Box 1005, Hyattsville, MD 20782-7055 o por FAX al 800-827-8112, Attention: FEMA Individuals & Households Program. Asegúrese de escribir su número de registro de FEMA y el número de desastre (DR-4399) en todas las páginas.
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Misión de FEMA: Ayudar a las personas antes, durante y después de los desastres.
Toda asistencia por desastre que otorgue FEMA se entregará sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo (incluido el acoso sexual), religión, país de origen, edad, discapacidad, dominio limitado del inglés, estado económico o represalias. Si cree que no se respetaron sus derechos civiles, llame al 800-621-3362 o al 800-462-7585 (TTY/TDD).