Los sobrevivientes de los incendios forestales en el condado Los Ángeles que solicitaron asistencia a FEMA pueden haber recibido fondos iniciales para la Asistencia para Personas Desplazadas. Si aún tienen necesidades de vivienda deben comunicarse con FEMA. Es posible que los solicitantes elegibles tengan a su disposición asistencia adicional para el alquiler de viviendas a corto plazo.
Recursos de vivienda a corto plazo
FEMA trabaja en estrecha colaboración con las familias que no pueden habitar sus viviendas dañadas por los incendios para comprender sus necesidades de vivienda temporal y conectarlos con recursos de alquiler a corto plazo. Los sobrevivientes deben presentar una solicitud a FEMA para obtener los recursos de alquiler.
La Asistencia para Personas desplazadas es un pago único.
La asistencia para personas desplazadas ayuda a los sobrevivientes que no pueden regresar a su vivienda como consecuencia de un desastre. Los fondos se basan en los costos de los hoteles en el área a una tarifa elegida por el estado, territorio o nación tribal afectada por el desastre. FEMA proporciona fondos para hasta 14 días de alojamiento provisional en un hotel, motel o en la casa de amigos o familiares.
- ¿Puede usted recibir Asistencia para Personas Desplazadas si tiene una póliza de seguros? Depende.
- Si está asegurado y su póliza cubre gastos de vida adicionales o pérdida de uso, comuníquese con su aseguradora. Si no tiene esas coberturas o su reclamo es rechazado, puede ser elegible para la Asistencia para Personas Desplazadas.
- Si presentó una reclamación y ha agotado sus beneficios de seguro, no calificará para la Asistencia para Personas Desplazadas, pero si aún necesita ayuda para pagar una vivienda provisional, puede solicitar Asistencia de Alquiler proporcionando a FEMA documentos que demuestren cómo gastó sus fondos de seguro. FEMA no puede duplicar sus beneficios de seguro.
- ¿Qué pasa si no está asegurado?
- Si presentó una solicitud a FEMA y su vivienda es inhabitable, hágale saber a FEMA que necesita Asistencia para Personas Desplazadas.
- Si ha agotado su Asistencia para Personas Desplazadas y todavía tiene necesidades de vivienda, debe solicitar la Asistencia de Alquiler de FEMA.
Asistencia Continua de Vivienda Provisional
La asistencia de alquiler proporciona fondos para pagar un depósito de seguridad y el alquiler de una vivienda que no sea su hogar dañado. Debe continuar trabajando para obtener un plan de vivienda permanente para seguir siendo elegible para la Asistencia de Alquiler.
- ¿Durante cuánto tiempo continuarán los pagos de Asistencia de Alquiler?
- La adjudicación inicial de asistencia de alquiler, que FEMA paga al inquilino, puede pagar hasta dos meses de alquiler, con extensiones en incrementos de tres meses hasta 18 meses a partir de la fecha de la declaración de desastre de FEMA (8 de enero de 2025), si el solicitante sigue siendo elegible.
- ¿Qué determina si obtendrá una extensión?
- Las extensiones de la asistencia de alquiler tienden a ser impredecibles en el momento en que un inquilino se muda. Depende del progreso que se esté haciendo en las reparaciones de la casa dañada o de encontrar otra solución de vivienda permanente. Durante todo el periodo de alquiler, los beneficiarios de la asistencia de alquiler deben continuar trabajando para obtener un plan de vivienda permanente para seguir siendo elegibles para la asistencia para el alquiler. También deben cumplir con su contrato de arrendamiento de ocupante y demostrar que necesitan asistencia para el alquiler.
Los solicitantes de FEMA pueden solicitar asistencia para el alquiler de las siguientes maneras:
- Visitando un Centro de Recuperación por Desastre. Para encontrar un centro, vea Localizador de DRC (enlace en inglés).
- Llamando a la línea de ayuda de FEMA al 800-621-3362. Si usa un servicio de retransmisión como VRS, proporcione a FEMA su número para ese servicio.
- Enviando su solicitud por escrito a FEMA: P.O. Box 10055, Hyattsville, MD 20782-8055.
Si no ha solicitado asistencia a FEMA, deberá solicitar asistencia por desastre para solicitar asistencia de alquiler:
- Llame a la línea de ayuda de FEMA al 1-800-621-3362
- Visite DisasterAssistance.gov/es,
- Descargue la aplicación móvil de FEMA
- Visite un Centro de Recuperación por Desastre.
La fecha límite para solicitar asistencia de FEMA por los incendios forestales en el condado Los Ángeles es el 10 de marzo de 2025.