El programa de asistencia individual de FEMA está diseñado para ayudar a los sobrevivientes de desastres con las necesidades básicas y críticas, como un lugar seguro, salubre y funcional para vivir durante la recuperación de un desastre. No está diseñado para cubrir todas las necesidades de los sobrevivientes y no es sustituto de la cobertura del seguro. La Asistencia Individual de FEMA no puede duplicar otras fuentes de asistencia.
¿Qué tipo de asistencia puede brindar FEMA?
- Los gastos de alojamiento, como el reembolso de los gastos de hotel para los solicitantes cuyas viviendas quedaron inhabitables tras el desastre. Conserve copias de los recibos.
- Ayuda para la reparación/reemplazo de la vivienda por las pérdidas ocasionadas por el desastre que no hayan sido cubiertas por otra fuente.
- Ayuda para el alquiler de una vivienda alternativa si el desastre causó que la vivienda sea inhabitable.
- Ayuda para bienes personales para reparar o sustituir los bienes personales esenciales no asegurados que hayan sido dañados por el desastre.
- Asistencia para el transporte de vehículos principales dañados por el desastre.
- Asistencia médica y dental para las necesidades o pérdidas médicas y dentales no aseguradas causadas por el desastre.
- Asistencia fúnebre relacionada con una muerte atribuida directa o indirectamente a un desastre.
- Reembolso de los gastos de cuido de niños, mudanza y almacenamiento, y otros gastos críticos.
¿Quién es elegible para solicitar asistencia?
Los propietarios de vivienda e inquilinos cuyas residencias y propiedades fueron dañadas por las tormentas severas e inundaciones ocurridas el 6 y 7 de octubre de 2021 en los condados Jefferson y Shelby son elegibles para solicitar asistencia de FEMA.
¿Por qué FEMA decidió que no soy elegible?
Es posible que usted necesite presentar información adicional para que FEMA pueda continuar procesando su solicitud de asistencia. Entre los ejemplos de documentos necesarios, incluyen:
- Evidencia de cobertura de seguro
- Carta del pago o denegación de sus reclamaciones al seguro
- Comprobante de identidad
- Comprobante de ocupación
- Comprobante de titularidad
- Evidencia de que la propiedad dañada era su residencia principal al momento de ocurrir el desastre
Si tiene preguntas sobre la carta de decisión de FEMA, puede visitar DisasterAssistance.gov/es o llamar la línea de ayuda por desastre al 800-621-3362 de 6 a.m. hasta la medianoche, hora del centro.
¿Qué significa cuando la carta indica que “la vivienda es habitable”?
Puede ser necesario que se realice una inspección de FEMA para determinar si la vivienda es segura, accesible y habitable. FEMA toma en consideración los siguientes factores al determinar si un solicitante es elegible para recibir asistencia:
- El exterior de la casa es estructuralmente sólido, incluyendo las puertas, el techo y las ventanas.
- Los sistemas de electricidad, gas, calefacción, plomería, alcantarillado y sistema séptico funcionan correctamente.
- Las zonas habitables del interior son estructuralmente sólidas, incluidos el techo y los suelos.
- La vivienda puede utilizarse para los fines previstos.
- Hay acceso seguro hacia y desde la vivienda.
Puede haber daños causados por el desastre pero que no causaron que la vivienda dejara de ser habitable.
¿Por qué mi vecino recibió más fondos de subvención que yo para realizar reparaciones?
Cada caso es único. Hay múltiples factores que se evalúan, que incluye la cobertura de seguro y la magnitud y tipo de daños que fueron documentados.
No puedo reconstruir mi vivienda con el dinero que FEMA me está ofreciendo.
La asistencia de FEMA no es lo mismo que un seguro. La asistencia de FEMA proporciona fondos para realizar reparaciones esenciales para que la vivienda sea habitable. Esto incluye artículos como inodoros, techos, servicios públicos críticos, puertas y ventanas.
Soy un inquilino, ¿puedo obtener ayuda?
Los inquilinos cuyas viviendas y propiedades fueron dañadas por el desastre pueden solicitar ayuda federal. Las subvenciones de FEMA pueden ayudar a pagar el alojamiento temporal. Los inquilinos también pueden ser elegibles para subvenciones para el reemplazo o la reparación de los bienes personales necesarios, como muebles, electrodomésticos, ropa, libros de texto o material escolar; el reemplazo o la reparación de herramientas y otros equipos relacionados con el trabajo para quienes trabajan por cuenta propia; los vehículos principales; los gastos médicos, dentales, de cuidado de niños, de mudanza y de almacenamiento incurridos o que no estén asegurados.
¿Puede mi familia solicitar asistencia si no soy ciudadano estadounidense?
Para calificar para la asistencia del Programa de Individuos y Familias (IHP, por sus siglas en inglés) de FEMA, usted o un miembro de su hogar debe ser ciudadano estadounidense, nacional no ciudadano o extranjero calificado. Sin embargo, las familias indocumentadas con estatus migratorio diverso sólo necesitan un miembro de la familia (incluyendo un hijo menor de edad) que sea ciudadano de los Estados Unidos, nacional no ciudadano de los Estados Unidos, o extranjero calificado y que tenga un número de Seguro Social para solicitar. Un extranjero cualificado puede ser:
- Persona con residencia legal permanente (titular de un "Green Card")
- Personas con estatus de refugiado, bajo asilo o con suspensión de deportación
- Extranjeros con permiso condicional de entrada en EE. UU. de por lo menos un año
- Extranjeros a quienes fueron conferidos entrada condicional (por ley vigente antes del 1 de abril de 1980)
- Entrantes cubanos o haitianos
- Algunos extranjeros víctimas de crueldad extrema o víctimas de trata humana, que incluye las personas con visas “T” y “U”.
Los adultos que no reúnen los requisitos para una de las categorías anteriores, incluidas las personas indocumentadas, pueden solicitar asistencia en nombre de un hijo menor de edad que sí reúna los requisitos y tenga un número de Seguro Social. El hijo menor de edad debe vivir con el padre o tutor que solicita en su nombre. El padre o tutor no tendrá que proporcionar ninguna información sobre su propia situación migratoria ni firmar ningún documento relacionado a su situación.
¿Qué sucede si no estoy de acuerdo con la decisión de FEMA?
Puede apelar la decisión de FEMA. Por ejemplo, si entiende que la cantidad o el tipo de asistencia es incorrecta, puede presentar una carta de apelación y cualquier documento necesario para respaldar su reclamación, como la cotización de un contratista para las reparaciones de la vivienda.
FEMA no puede duplicar la asistencia proporcionada por otra fuente, como el pago del seguros u otro programa. Sin embargo, si usted no tiene suficiente cobertura de seguro, puede recibir más asistencia para las necesidades no satisfechas después de que se hayan resuelto las reclamaciones del seguro, presentando a FEMA los documentos de liquidación o de denegación del seguro.
¿Cómo puedo apelar?
Debe presentar su apelación a FEMA por escrito. En una carta firmada y fechada, debe explicar los motivos de su apelación. Su carta de apelación también debe incluir:
- Su nombre completo
- Número del desastre (DR-4632-AL)
- Dirección de su residencia principal antes del desastre
- Su número de teléfono y dirección actual
- Su número de solicitud de FEMA escrito en cada página de sus documentos
Si alguien que no sea usted o un co-solicitante está escribiendo su carta, esa persona debe firmar la carta de apelación, y usted debe proporcionar a FEMA una declaración firmada autorizando a la persona a actuar en su nombre.
Su carta debe llevar el matasellos dentro de los 60 días siguientes a la fecha de la carta de decisión. Las cartas de apelación y los documentos de respaldo pueden presentarse a FEMA por fax o por correo, o en línea si tiene una cuenta en línea de FEMA. Para crear una cuenta en línea de FEMA, visite DisasterAssistance.gov/es, haga clic en "Solicitar asistencia" y siga las instrucciones.
Por correo: FEMA National Processing Service Center, P.O. Box 10055, Hyattsville, MD 20782-7055
Por fax: 800-827-8112, Atención: FEMA
¿Por qué recibí una solicitud de préstamo de la Agencia Federal de Pequeños Negocios?
Los sobrevivientes también pueden ser referidos a la Agencia Federal de Pequeños Negocios (SBA, por sus siglas en inglés) para solicitar un préstamo por desastre a bajo interés para ayudarles en su recuperación. Las personas referidas a SBA deben llenar una solicitud de préstamo para que se les tenga en cuenta para algunas formas de asistencia de FEMA, como los fondos para bienes personales y pérdidas de transporte.
Para más información sobre la recuperación por desastres en Alabama, visite www.fema.gov/es/disaster/4632.