Razones comunes para que FEMA determine que usted no es elegible

Release Date:
septiembre 7, 2022
  • La asistencia de FEMA duplicaría los beneficios de otras fuentes. FEMA no puede brindar asistencia financiera cuando cualquier otra fuente, como seguros, crowdfunding, asistencia financiera de agencias voluntarias, ha brindado asistencia para la misma necesidad relacionada con el desastre o cuando dicha asistencia está disponible de otra fuente. Por ejemplo, FEMA no puede pagar las reparaciones de la vivienda si el propietario ya recibe fondos de su compañía de seguros para las mismas reparaciones. Si ya recibió fondos de otra fuente para su recuperación por desastre, es posible que FEMA lo considere no elegible.
    • FEMA tampoco proporciona cantidades del valor de reemplazo para artículos dañados o asistencia por artículos no esenciales. FEMA brinda asistencia solo para reparaciones que hagan que la vivienda sea segura, salubre y funcional. La asistencia de FEMA no es un sustituto del seguro.
  • Un lapso en su cobertura del seguro de inundación causó la pérdida de ciertos tipos de asistencia por desastre. Si alguna vez se le impuso el requisito de obtener y mantener un seguro de inundación en su vivienda dañada por inundaciones, y no hay una póliza vigente en el momento de la inundación, es posible que no sea elegible para ciertos tipos de asistencia. Esto incluye subvenciones para reparaciones de la vivienda, propiedad personal o cualquier otra pérdida que podría haber sido cubierta por una póliza de seguro de inundación, incluso si usted es elegible.
    • Es posible que aún pueda recibir asistencia para artículos que no estarían cubiertos por el seguro de inundación. Por ejemplo: asistencia de alquiler o una unidad de vivienda provisional; gastos fúnebres, médicos o dentales relacionados con el desastre; cuidado infantil; gastos de mudanza y almacenamiento superiores a $1,000; y elementos no asegurables como sistemas sépticos, pozos, muros de contención, caminos de acceso o puentes privados.
  • Se ha presentado más de una solicitud para su hogar. Solo se considera una solicitud por hogar.
  • FEMA no pudo verificar que usted es el propietario de la vivienda. FEMA requiere comprobar la titularidad de los sobrevivientes del desastre que solicitan asistencia federal para ayudarlos con las reparaciones de sus viviendas dañadas. FEMA verifica la titularidad por medio de registros públicos y gubernamentales automatizados o mediante el uso de documentos que usted envía. FEMA también puede verificar la titularidad en el momento de la inspección. Para apelar la decisión de FEMA, debe presentar documentos que prueben la titularidad junto con su carta de apelación firmada. Documentos que puede usar para comprobar la titularidad:
  • Los propietarios de vivienda pueden proporcionar documentación oficial tales como:
    • La escritura original o escritura de fideicomiso de la propiedad
    • Una declaración de hipoteca o análisis fiduciario
    • Seguro de bienes inmuebles; seguro de hogar o seguro de inundación
    • Recibos de reparaciones mayores en los últimos cinco años
    • Recibo de impuesto a la propiedad o factura de impuesto a la propiedad
    • Certificado o título de vivienda prefabricada
  • Además, FEMA aceptará la carta o los recibos de un funcionario público por reparaciones o mejoras importantes. La declaración del funcionario público (p. ej., jefe de policía, alcalde, jefe de correos) debe incluir el nombre del solicitante, la dirección de la residencia dañada por el desastre, el período de ocupación y el nombre y número de teléfono del funcionario que proporciona la verificación.
  • Los sobrevivientes con propiedades heredadas, casas móviles o remolques de viaje que no tengan la documentación tradicional de propiedad pueden certificar por su cuenta la titularidad como último recurso.
  • Los propietarios de vivienda con la misma dirección de un desastre anterior solo necesitan verificar la titularidad una vez. FEMA también ha ampliado la fecha de los documentos elegibles de tres meses a un año antes del desastre.
  • FEMA no pudo verificar su ocupación. FEMA verifica la ocupación por medio de registros públicos y gubernamentales automatizados o mediante el uso de documentos presentados con su solicitud. FEMA también puede verificar la ocupación en el momento de la inspección. Para apelar la decisión de FEMA, debe presentar documentos que prueben la ocupación junto con su carta de apelación firmada.
  • FEMA no pudo verificar su identidad. FEMA debe poder verificar su identidad. Al verificar la identidad, FEMA previene el fraude y garantiza que reciba la asistencia elegible por desastre. FEMA verifica la identidad por medio de registros públicos y gubernamentales automatizados o mediante el uso de documentos presentados con su solicitud. Para apelar la decisión de FEMA, debe presentar documentos que prueben su identidad junto con su carta de apelación firmada.
  • La casa dañada puede no ser su residencia principal. FEMA proporcionará asistencia por desastre a los solicitantes elegibles para una residencia principal. FEMA no considerará más de una residencia principal para un sobreviviente y su cónyuge. FEMA define su residencia principal como el lugar donde vive durante más de seis meses al año.
  • Usted no ha presentado los documentos o la información requerida. Lea atentamente su correspondencia de FEMA. Responda de inmediato con la información que FEMA está pidiendo. Si esa información no está disponible, explique los motivos a FEMA.
  • No hubo suficientes daños: Su vivienda es habitable de manera segura. No hubo suficientes daños causados por el desastre en su vivienda, o el daño a su vivienda no afecta la habitabilidad del hogar. Los daños a áreas no esenciales, jardines o alimentos en mal estado generalmente no están cubiertos por la asistencia de FEMA.
  • Usted no reportó daños a su vivienda. Si solicitó asistencia federal por desastre, pero informó que no sufrió daños en su hogar causados por el desastre, FEMA lo considerará no elegible para recibir asistencia.
  • No desea mudarse mientras se realizan las reparaciones. Si el inspector de FEMA concluye que su vivienda no es habitable debido a los daños causados por el desastre, puede ser elegible para Asistencia de alquiler inicial de FEMA. Si dijo en el momento de la inspección que no está dispuesto a mudarse mientras se repara su vivienda dañada, no será elegible para la asistencia de alquiler provisional de FEMA. Sin embargo, si sus necesidades de vivienda han cambiado, comuníquese con FEMA cuanto antes para actualizar su vivienda y explicar por qué necesita asistencia con el alquiler.
    • Inquilinos: Si vive en un apartamento y el propietario requiere que se vaya para que se puedan hacer reparaciones en el apartamento o edificio, debe actualizar su estado con FEMA. Usted puede ser elegible para asistencia de alquiler.
  • Un inspector de FEMA no pudo comunicarse con usted en la información de contacto que proporcionó. Debe devolver las llamadas telefónicas de FEMA y las solicitudes de información de manera oportuna. Si FEMA no puede comunicarse con usted, o si no proporciona la información solicitada, FEMA puede determinar que no es elegible.
  • No pudo reunirse con el inspector. Es importante que lea detenidamente todo el correo de FEMA. Usted o un representante que designe para FEMA con anticipación debe estar presente en cualquier cita con los funcionarios de FEMA, o FEMA puede determinar que no es elegible para recibir asistencia en este momento. Si aún necesita una inspección, llame a la Línea de ayuda de FEMA al 800-621-3362 y solicite una inspección.
  • Si no está de acuerdo con la decisión de FEMA, tiene derecho a apelar. Envíe su carta de apelación firmada por escrito.
  • La fecha límite para solicitar asistencia por desastre de FEMA es el miércoles 28 de septiembre.
  • Para obtener información oficial sobre la recuperación de Kentucky tras los inundaciones, visite fema.gov/es/disaster/4663. Siga a FEMA en Twitter en FEMA Región 4 (@femaregion4) / Twitter y en facebook.com/fema.
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