FEMA BUSCA PROPIEDADES MULTIFAMILIARES EN APOYO A SOBREVIVIENTES POR DESASTRE [https://www.fema.gov/es/fact-sheet/fema-seeking-multifamily-properties-support-disaster-survivors] Release Date: ene 24, 2023 FEMA está solicitando información de parte de dueños de propiedades multifamiliares que se puedan reparar según los estándares locales, estatales y federales y ofrecerse como vivienda provisional a sobrevivientes del huracán Ian. Las propiedades multifamiliares a considerarse deben estar en o cerca de las comunidades costeras impactadas por el huracán Ian, incluidos los condados Charlotte, Collier, Desoto, y Lee. FEMA exhorta a que todos los dueños de propiedades multifamiliares consideren participar. La fecha límite para que los dueños y manejadores de propiedades respondan a esta solicitud de información es el 9 de febrero de 2023. ¿QUÉ ES EL PROGRAMA DE REPARACIÓN Y ARRENDAMIENTO DE PROPIEDADES MULTIFAMILIARES? La Reparación y Arrendamiento de Propiedades Multifamiliares (MLR, por sus siglas en inglés) es un tipo de asistencia de vivienda provisional que le permite a la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés) reparar o hacer mejoras a propiedades multifamiliares para alquiler o residenciales con el propósito de proveer vivienda provisional a solicitantes elegibles de FEMA. Las propiedades en MLR se ofrecerán como vivienda provisional a sobrevivientes por desastre elegibles. Las propiedades deben estar disponibles por un término de no menos de 18 meses, con la opción de extender el tiempo de alquiler. Las propiedades deben ser complejos que pueden acomodar una cantidad considerable de personas en una misma localización. Cada propiedad debe haber sido usada anteriormente como complejo de vivienda multifamiliar y debe tener múltiples unidades de alquiler. Los hoteles, hospitales, y hogares de personas de edad avanzada, etc. No se consideran propiedades residenciales y no están autorizadas para MLR. El lugar debe poder repararse para cumplir con los reglamentos locales, estatales y federales dentro de un periodo de cuatro meses y no puede estar localizado en una zona de inundación. El propósito de MLR no es reparar o mejorar unidades individuales para realojar inquilinos existentes. ¿CON CUÁLES CONDICIONES DEBE CUMPLIR LA PROPIEDAD? * Todas las compañías de manejo de propiedades o propietarios deben inscribirse para trabajar con FEMA a través del Sistema para el Manejo de Adjudicaciones (SAM, por sus siglas en inglés) en SAM.gov [https://sam.gov/]. * El dueño de la propiedad debe proveer todos los servicios de manejo de la propiedad, incluido el mantenimiento del edificio. * Las unidades vacías en la propiedad deben estar disponibles para arrendamiento exclusivo a FEMA a fin de usarlas como vivienda provisional para sobrevivientes por desastre elegibles por un término de no menos de 18 meses, con la posibilidad de contratar una extensión. * La propiedad debe estar en un área que tenga acceso a servicios comunitarios y generales, tales como transportación pública accesible, escuelas, bomberos y servicios de emergencia, supermercados, etc. * Cada unidad debe proveer amenidades completas e independientes de vivienda para una o más personas y debe tener sala, provisiones para cocinar, dormir y saneamiento. * La propiedad debe tener múltiples unidades. * La propiedad debe haber sido utilizada anteriormente como vivienda multifamiliar. * El dueño de la propiedad debe estar de acuerdo con que FEMA realice modificaciones, reparaciones o mejoras razonables para acomodo durante el término del arrendamiento sin exigirle a FEMA que remueva las mejoras al terminarse el contrato de arrendamiento. ¿HAY OTROS TÉRMINOS O CONDICIONES? * Una disposición brindándole a FEMA uso exclusivo de las unidades y la discreción absoluta para identificar y seleccionar los ocupantes durante el término del contrato de arrendamiento * Una disposición garantizándole a FEMA la opción de ceder la unidad al propietario y dejar de pagar todas las mensualidades de la unidad en cualquier momento, al avisar con treinta días de anticipación * Una disposición permitiéndole a FEMA hacer modificaciones de acomodo, mejoras o reparaciones razonables durante el término del contrato de arrendamiento sin exigirle a FEMA que retire las mejoras al terminarse el contrato de arrendamiento. * Una disposición incorporando una cláusula al contrato de arrendamiento que contenga las condiciones de elegibilidad y terminación de alquiler y desahucio de FEMA para cualquier arrendamiento entre el dueño de la propiedad y el ocupante * Una disposición donde se acepta renunciar a la investigación de crédito para solicitantes elegibles * Una disposición que le permita a FEMA reasignar una unidad vacía cuando solicitantes elegibles necesiten asistencia de vivienda provisional y una unidad queda disponible antes de que finalice el periodo de asistencia * Los dueños de la vivienda deben estar al día y al corriente con los pagos hipotecarios de la propiedad y garantizar la verificación de la solvencia hipotecaria, así como comprobante de titularidad. ¿QUÉ INFORMACIÓN SE SOLICITA? Los dueños de vivienda interesados deben proveer la siguiente información: * Nombre del complejo, ubicación, nombre del propietario y número de teléfono o información de contacto (si no es el propietario de la vivienda) * Estatus de los pagos hipotecarias de la propiedad * Cantidad total de las unidades de vivienda dentro de la propiedad * Cantidad de unidades de vivienda vacías que tienen por separado un baño, una cocina y una sala * Cantidad de unidades de vivienda vacías disponibles para uso exclusivo de FEMA * Cantidad de unidades de vivienda vacías que cumplen con los Estándares Uniformes de Accesibilidad Federales y/o elementos que proveen accesibilidad a personas con discapacidades * Descripción de las reparaciones y mejoras necesarias para que las unidades de vivienda sean habitables * Descripción de las reparaciones en curso, si aplica * Estimado de tiempo requerido para que las unidades de vivienda sean habitables (desde la ejecución del contrato) * Año en que se construyó el edificio (si sabe) * Cantidad de años en los que el edificio se ha usado para vivienda multifamiliar * Precios de alquiler durante el último año de operaciones (indique si se incluyen los servicios públicos; de ser así, indique cuáles) * Rental rates during the last year of operation (state whether utilities were included and, if so, which ones) * Restricciones de mascotas, tales como tipo, cantidad o tamaño y depósitos por mascota que apliquen; y * Cantidad de estacionamientos disponibles (incluyendo accesible y accesible para camioneta) para cada unidad de vivienda ¿CÓMO RESPONDO A LA SOLICITUD DE INFORMACIÓN? * Los propietarios de vivienda o compañías de manejo interesados deben proveer respuestas y comentarios en o antes del miércoles, 9 de febrero de 2023 a FEMA-DR4673FL-MLR@fema.dhs.gov. El asunto del correo decir: RFI# 70FBR423I00000003 Response: MLR - DR-4673-FL. * Puede encontrar más información sobre esta oportunidad en SAM.gov [https://sam.gov/opp/0a18d9438e404dafa7c217c554e58167/view]. El RFI no se considera una Solicitud de Propuesta (RFP, por sus siglas en inglés), una Invitación para Licitación (IFB, por sus siglas en inglés), o una Solicitud para Cotización (RFQ, por sus siglas en inglés), y no se debe interpretar como un compromiso por parte del Gobierno de entrar en un contrato, ni el Gobierno pagará por la información presentada en respuesta a esta solicitud. Las respuestas a esta notificación se utilizarán para determinar qué propiedades cumplen con los criterios de MLR y proveer los medios más oportunos y rentables para proporcionar asistencia directa a los sobrevivientes de desastres elegibles. FEMA desea obtener información sobre el mercado o las capacidades con fines de planificación.