LEA CON ATENCIÓN SU CARTA DE DETERMINACIÓN [https://www.fema.gov/es/press-release/20210920/read-your-determination-letter-carefully] Release Date: septiembre 20, 2021 TRENTON, NJ – Los sobrevivientes del huracán Ida que solicitaron asistencia de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés) podrían haber recibido, o recibirán, una carta que explica el estado actual de sus solicitudes. FEMA también se comunica con los solicitantes por correo electrónico, en línea a través de disasterassistance.gov/ [https://www.disasterassistance.gov/es]es o mediante cartas enviadas por correo postal. Se recomienda que los sobrevivientes lean esa carta con mucha atención. Esta carca le informa del tipo de subvención para la cual FEMA ha determinado que usted es elegible o inelegible a recibir, las cantidades de las subvenciones que FEMA proveería para cada necesidad elegible, las razones por las cuales un solicitante es inelegible para los tipos de subvención aplicables, una explicación del proceso de apelación y otra información importante sobre asistencia por desastre, incluyendo el uso adecuado de los fondos de asistencia por desastre. Si FEMA necesita más información para procesar una solicitud, el solicitante puede recibir una carta para pedir información adicional. Por ejemplo: * Facturas de servicios públicos para demostrar que la propiedad dañada era la residencia principal al momento del desastre; * Documentos del seguro que aún están pendientes, lo cual determinará los otros programas con FEMA para los cuales el sobreviviente será elegible; * Un talón de pago o identificación con fotografía emitida por el gobierno en la que se indica la dirección de la propiedad dañada; * Comprobante de titularidad de la vivienda, como copias de los pagos hipotecarios o una escritura de la vivienda para demostrar que le pertenece; * Un contrato de arrendamiento para demostrar la ocupación; o * La solicitud completada de un préstamo por desastre de la Agencia Federal para el Desarrollo de la Pequeña Empresa (SBA, por sus siglas en inglés). Si el sobreviviente ha cumplido con todo lo que FEMA le ha pedido y aun así se determina que no es elegible y usted no está de acuerdo, hay un proceso de apelación disponible. FEMA evalúa el escrito de apelación del solicitante y la documentación recibida en apoyo de su apelación. Las apelaciones pueden tratarse de la elegibilidad, la cantidad o el tipo de ayuda que se provee, una solicitud tardía, un pedido de devolver dinero o ayuda continua. La apelación deberá ser enviada a FEMA dentro de los 60 días a partir de la fecha de su carta de decisión de elegibilidad. La carta de apelación del solicitante debe incluir las razones para la apelación (por qué entiende que la decisión sobre la cantidad o el tipo de asistencia no es correcta) y debe estar firmada por el solicitante o por la persona a quien el solicitante autoriza a actuar en su nombre. El escrito de apelación también debe incluir la siguiente información: * Nombre completo del solicitante * Número de inscripción de FEMA del solicitante y el número del desastre * Dirección de la residencia principal del solicitante antes al desastre * Número de teléfono y dirección actual del solicitante Asegúrese de fechar y firmar la carta. Incluya su número de inscripción de FEMA en cada página. Envíe la carta a FEMA National Processing Service Center P. O. Box 10055 Hyattsville, MD 20782-7055, o envíela por fax al 1-800-827-8112. También se puede subir cartas de apelación y documentación de respaldo en su cuenta en DisasterAssistance.gov [https://www.disasterassistance.gov/es]/es. Para preguntas sobre la carta o el proceso general de apelación, los sobrevivientes deben llamar al 800-621-3362 o, para TTY, al 800-462-7585. Los operadores atienden las llamadas los siete días de la semana, las 24 horas del día. Si tienen preguntas sobre las cartas de elegibilidad, los sobrevivientes pueden visitar DisasterAssistance.gov/es [https://c/Users/sgembrow/Desktop/DisasterAssistance.gov] o llamar a la línea de ayuda sobre la asistencia por desastre al 800-621-3362 (TTY 800-462-7585). Hay operadores multilingües disponibles. Si usa un servicio de retransmisión, como un videoteléfono (VRS, por sus siglas en inglés), servicio telefónico con subtítulos u otro servicio, provéale a FEMA su número asignado para ese servicio. Si usted tiene una póliza de seguro de propietario de vivienda o de inquilino, debe presentar una reclamación lo antes posible. Por ley, FEMA no puede duplicar los beneficios por pérdidas cubiertas por el seguro. Si usted tiene pérdidas que no están aseguradas o no tiene suficiente cobertura de seguro, podría ser elegible para ayuda federal.   La manera más rápida y fácil de solicitar es visitando DisasterAssistance.gov [https://www.disasterassistance.gov/es]/es. Si no es posible solicitar en línea, puede llamar al 800-621-3362 o, para TTY, al 800-462-7585. Los operadores atienden las llamadas los siete días de la semana, las 24 horas del día. Si usa un servicio de retransmisión, como un videoteléfono, InnoCaption o CapTel, se recomienda que proporcione su número específico asignado para ese servicio. Cuando solicite la asistencia, tenga la siguiente información disponible: * Un número de teléfono actualizado donde puedan comunicarse con usted * Su dirección al momento del desastre y la dirección donde se está hospedando en la actualidad * Su número de seguro social, si lo tiene disponible * Una lista general de daños y pérdidas * Si tiene cubierta por desastres, su número de póliza o de su agente o el nombre de su compañía de seguros Comience a limpiar tan pronto sea seguro hacerlo. Tome fotografías y documente los daños y comience la limpieza y reparaciones para evitar mayores daños. Recuerde guardar los recibos de todas sus compras relacionadas con la limpieza y reparaciones.   Los dueños de negocio y residentes pueden solicitar en línea en disasterloanassistance.sba.gov [https://disasterloanassistance.sba.gov/] (enlace en inglés). Para preguntas o asistencia para llenar la solicitud, llame al 800-659-2955 o envíe un correo electrónico a DisasterCustomerService@sba.gov. SBA responderá preguntas específicas sobre cómo un préstamo por desastre puede ayudar a un sobreviviente a recuperarse del daño por desastre. PARA LA INFORMACIÓN MÁS ACTUALIZADA VISITE fema.gov/es/disaster/4614 [https://www.fema.gov/es/disaster/4614]. Siga a la Región 2 de FEMA en su cuenta de Twitter: twitter.com/FEMAregion2 [https://twitter.com/femaregion2].