USTED PREGUNTÓ: SOY INQUILINO, ¿PUEDO OBTENER AYUDA DE FEMA? [https://www.fema.gov/es/fact-sheet/you-asked-im-renter-can-i-get-assistance-fema] Release Date: sep 5, 2021 Los inquilinos en las 25 parroquias de Louisiana* designadas para Asistencia Individual que tuvieron daños, pérdidas o que no pueden vivir en sus hogares después del huracán Ida, pueden ser elegibles para la ayuda de FEMA y la Agencia Federal para el Desarrollo de la Pequeña Empresa (SBA). PREGUNTA: SOY INQUILINO; ¿PUEDO SOLICITAR ASISTENCIA CON FEMA? RESPUESTA: Sí, los inquilinos pueden solicitar asistencia por desastre con FEMA. Si tiene un seguro de inquilino, debe llamar a su proveedor de seguros para presentar una reclamación. Si está asegurado, debe proporcionar información de su seguro, que puede incluir una página de declaración, acuerdo o denegación. PREGUNTA:  COMO INQUILINO, ¿PARA QUÉ TIPOS DE AYUDA PODRÍA SER ELEGIBLE? RESPUESTA: Las compensaciones  pueden estar disponibles para alquilar o pagar por un lugar diferente para vivir por un tiempo limitado mientras se hacen reparaciones a su casa de alquiler o hasta que sea habitable. Los subsidios de alquiler pueden ser utilizados para depósitos de seguridad, alquiler y el costo de los servicios públicos esenciales, como servicios de gas y agua. Los subsidios no pueden ser utilizados para pagar facturas de cable o Internet. PREGUNTA: ¿PUEDO USAR MI SUBVENCIÓN DE ASISTENCIA DE ALQUILER PARA QUEDARME EN UN HOTEL/MOTEL? RESPUESTA: Los fondos se pueden utilizar para quedarse en otro lugar temporal para vivir, que incluye un hotel/motel. La subvención de asistencia de alquiler es equivalente a la Tarifa Justa del Mercado (FMR) para el área en la que se encuentra la vivienda principal. PREGUNTA: ME HE ALOJADO EN UN HOTEL Y LO HE PAGADO YO MISMO, ¿PUEDO OBTENER UN REEMBOLSO POR LOS GASTOS? RESPUESTA:  Usted puede ser elegible para el reembolso de los gastos de alojamiento de su propio bolsillo si no está cubierto por los beneficios del seguro, como gastos de subsistencia adicionales o pérdida de uso, o si recibe ayuda con el alojamiento de otra fuente, como una organización voluntaria. Los gastos elegibles pueden incluir el costo de la habitación y los impuestos cobrados por un hotel u otro proveedor de alojamiento. PREGUNTA: HE OÍDO HABLAR DE UN PROGRAMA LLAMADO ASISTENCIA DE ALOJAMIENTO TRANSITORIO (TSA), ¿ES ESTO LO MISMO QUE LA ASISTENCIA DE ALQUILER? RESPUESTA: TSA es un programa de FEMA que está aprobado para este desastre. Permite el alojamiento temporal a corto plazo en un hotel/motel participante, que FEMA paga directamente. Los sobrevivientes no pueden solicitar TSA. FEMA se comunicará con aquellos que sean elegibles para informarles sobre su elegibilidad. PREGUNTA: MI PROPIEDAD PERSONAL SUFRIÓ DAÑOS, ¿HAY AYUDA FINANCIERA DISPONIBLE PARA MIS PÉRDIDAS? RESPUESTA: La ayuda también está disponible para sobrevivientes elegibles, incluyendo los inquilinos, con gastos necesarios no asegurados e insuficientemente asegurados, y necesidades serias causadas por el huracán Ida. Los inquilinos también pueden calificar para recibir asistencia para la propiedad personal esencial y otros gastos relacionados con el desastre. Estos pueden incluir la sustitución o reparación de los bienes personales necesarios, como muebles, electrodomésticos, ropa, libros de texto o materiales escolares; el reemplazo o reparación de herramientas y otro equipo relacionado con el trabajo; la reparación de vehículos; y las facturas médicas/dentales. PREGUNTA: ¿HAY QUE DEVOLVER LA AYUDA DE FEMA? RESPUESTA: No. Las subvenciones no son préstamos y no tienen que reembolsarse. No son ingresos gravables y no afectarán la elegibilidad para los beneficios del Seguro Social, Medicare, Medicaid o del Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria (SNAP). PREGUNTA: ¿CÓMO SOLICITO LA ASISTENCIA DE FEMA? RESPUESTA: Los sobrevivientes en una de las parroquias designadas para la Asistencia Individual pueden solicitar asistencia con FEMA, en línea en www.disasterassistance.gov/es [https://www.disasterassistance.gov/es] o por teléfono al 1-800-621-3362, TTY 1-800-462-7585. Aquellos que usan un servicio de retransmisión, como un videoteléfono, InnoCaption o CapTel, deben actualizar a FEMA con su número específico asignado a ese servicio. * Para DR-4611-LA, 25 parroquias están designadas para TSA: Ascension, Assumption, East Baton Rouge, East Feliciana, Iberia, Iberville, Jefferson, Lafourche, Livingston, Orleans, Plaquemines, Pointe Coupee, St. Bernard, St. Charles , St. Helena, St. James, St. John the Baptist, St. Martin, St. Mary, St. Tammany, Tangipahoa, Terrebonne, Washington, West Baton Rouge y West Feliciana