Las casas de adoración podrían ser elegibles para recibir ayuda de FEMA para cubrir los daños por tornados

Release Date Release Number
023
Release Date:
junio 24, 2024

LITTLE ROCK, Arkansas -- Las casas de adoración privadas sin fines de lucro calificadas en Arkansas pueden ser elegibles para subvenciones de FEMA para cubrir gastos relacionados con las tormentas severas y tornados ocurridos del 24 al 27 de mayo.

Las subvenciones a través del programa de Asistencia Pública de FEMA pueden cubrir los costos de reparación o reemplazo de instalaciones dañadas durante las tormentas.

FEMA define instalaciones religiosas como una iglesia, sinagoga, mezquita, templo u otra casa de adoración sin tener en cuenta el carácter religioso de la instalación. Ninguna instalación religiosa o casa de adoración puede ser excluida de esta definición porque el liderazgo o la membresía en la organización se limitan a personas que comparten una fe o práctica religiosa.

La ayuda con las reparaciones y los costos de reemplazo pueden estar disponibles para las casas de adoración en los condados Baxter, Benton, Boone, Carroll, Fulton, Madison, Marion, Nevada, Randolph y Sharp.

Para ser un solicitante elegible, una casa de adoración debe:

  • Ser propiedad o estar operada por una organización privada sin fines de lucro.
  • La instalación debe estar abierta al público.
  • Haber sido dañada por las tormentas severas y tornados ocurridos del 24 al 27 de mayo.
  • No haber recibido financiamiento o haber recibido fondos insuficientes después de solicitar un préstamo por desastre de la Agencia Federal de Pequeños Negocios (SBA, por sus siglas en inglés) para reparar o reemplazar una instalación.

La solicitud debe incluir documentación estatal o del Servicio de Rentas Internas de los Estados Unidos (IRS, por sus siglas en inglés) sobre el estatus de exención de impuestos, la carta previa al desastre y otra documentación.

La Agencia Federal de Pequeños Negocios puede emitir préstamos a las casas de adoración calificadas hasta $2 millones para reparar o reemplazar propiedades dañadas o destruidas. SBA también puede prestar fondos adicionales para ayudar con el costo de las mejoras para proteger, prevenir o minimizar los daños causados por desastres en el futuro.

El plazo para solicitar por daños a la propiedad es el 12 de agosto de 2024.

Los solicitantes pueden presentar su solicitud en línea y recibir información adicional sobre asistencia por desastre en SBA.gov/Desastre. Los solicitantes también pueden llamar al Centro de Servicio al Cliente de SBA al (800) 659-2955 o enviar un correo electrónico a disastercustomerservice@sba.gov para obtener más información sobre la asistencia por desastre de SBA.

Se alienta a todos los solicitantes, incluso si deben esperar una decisión de préstamo de SBA, a que presenten una Solicitud de Asistencia Pública (RPA, por sus siglas en inglés) lo antes posible, comunicándose con su oficina local de manejo de emergencias. Algunas actividades relacionadas con las labores de emergencia que se realizó en preparación o en respuesta a la tormenta pueden ser elegibles, sin o mientras esté pendiente una decisión de SBA. La fecha límite para presentar una RPA es dentro de los 30 días posteriores a la designación de su condado en la declaración.

Otros recursos:

Los administradores de las casas de adoración pueden comunicarse con la oficina de manejo de emergencias de su condado para obtener más información sobre cómo presentar una solicitud de Asistencia Pública de FEMA.

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