Las organizaciones privadas sin fines de lucro, incluidas las casas de adoración, son elegibles para asistencia por desastre

Release Date Release Number
DR-4699-CA NR-018
Release Date:
mayo 18, 2023

SACRAMENTO, California – Las organizaciones privadas sin fines de lucro, incluidas las casas de adoración y otras organizaciones con base de fe, pueden ser elegibles para solicitar asistencia federal para ayudar a recuperarse de los daños en los condados en California afectados por las tormentas invernales severas e inundaciones ocurridas en enero.

Estas áreas afectadas incluyen los siguientes 23 condados: Alpine, Amador, Butte, Calaveras, Del Norte, Fresno, Glenn, Inyo, Kern, Kings, Los Ángeles, Madera, Mariposa, Merced, Modoc, Monterey, San Benito. San Francisco, Santa Cruz, Sierra, Trinidad, Tulare y Tuolumne.

Los fondos del programa de Asistencia Pública (PA, por sus siglas en inglés) de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés) se pueden usar para pagar medidas de protección de emergencia, recogido de escombros y restauración de instalaciones dañadas por el desastre. Para obtener más información sobre la asistencia por desastre disponible para organizaciones sin fines de lucro, los solicitantes pueden unirse a un seminario web de FEMA en directo el lunes 15 de mayo entre 1 p.m. y 2 p.m. PT. Expertos en temas de FEMA y los representantes de otras agencias brindarán una descripción general de los programas de asistencia y estarán disponibles para contestar cualquier pregunta. Para unirse: https://fema.zoomgov.com/j/1602012511 (ID de la reunión: 160 201 2511/Código de acceso: 4699).

Las organizaciones privadas sin fines de lucro que brindan servicios críticos, como hospitales y otras instalaciones de atención médica y servicios públicos, pueden presentar una solicitud directamente a FEMA. Otros ejemplos de servicios críticos incluyen agua, alcantarillado y sistemas eléctricos; escuelas privadas que brindan educación primaria o secundaria o instituciones de educación superior.

Las organizaciones privadas sin fines de lucro que brindan servicios sociales esenciales no críticos, como los centros comunitarios y para personas de edad avanzada, primero deben solicitar un préstamo por desastre a bajo interés de la Agencia Federal de Pequeños Negocios (SBA, por sus siglas en inglés). Otros ejemplos de servicios esenciales no críticos incluyen actividades de enriquecimiento educativo, servicios de cuidado supervisado y guardería, servicios residenciales para personas con discapacidades, viviendas de vida asistida y para personas de bajos ingresos, refugios para personas sin hogar y servicios de rehabilitación y centros comunitarios y de artes escénicas.

Al ofrecer servicios públicos como servicios comunitarios, culturales, para personas de edad avanzada y sociales, las casas de adoración de propiedad y operadas por organizaciones sin fines de lucro se consideran servicios esenciales no críticos y también pueden solicitar subvenciones de PA de FEMA.

Las organizaciones privadas sin fines de lucro que brindan servicios no críticos, que incluyen la mayoría de las casas de adoración, deben saber que primero deben solicitar un préstamo por desastre a bajo interés de la Agencia Federal de Pequeños Negocios. Si son elegibles para un préstamo y lo rechazan, no tendrán derecho a las subvenciones de FEMA. FEMA no puede duplicar los beneficios de otras agencias u organizaciones. Si se les niega un préstamo o este no cubre el costo de todas las reparaciones, FEMA puede proporcionar fondos para cubrir lo que la SBA no cubre.

SBA puede proporcionar hasta $2 millones en préstamos para la propiedad inmueble dañada y el reemplazo de la propiedad. La tasa de interés es de 2.375 por ciento con plazos de hasta 30 años. La fecha límite para presentar una solicitud ante la SBA por daños a la propiedad es el 5 de junio de 2023. La fecha límite para presentar una solicitud por daños económicos es el 3 de enero de 2024.

Se insta a todos los solicitantes a radicar una Solicitud de Asistencia Pública (RPA) lo antes posible a través de su oficina local de gestión de emergencias. Si los solicitantes necesitan presentar una solicitud a la SBA, deben hacerlo al mismo tiempo que realizan una Solicitud de Asistencia Pública de FEMA. Para presentar una Solicitud de Asistencia Pública o para obtener más información, envíe un correo electrónico a: DisasterRecovery@CalOES.CA.gov.

Más información sobre la asistencia para las Casas de Adoración también está disponible en Lo que las casas de adoración deben saber sobre el proceso de ayuda por desastre de FEMA | FEMA.gov en inglés, español, chino, vietnamita, tagalo, francés, alemán, criollo haitiano, coreano y portugués.

Para obtener la información más reciente sobre la recuperación de California tras las tormentas invernales severas, inundaciones, deslizamientos de tierra y lodo, visite FEMA.gov/es/disaster/4683. También puede seguir twitter.com/Cal_OES,   facebook.com/CaliforniaOES, @FEMARegion9/Twitter y Facebook.com/FEMA.

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