Asistencia continua de alquiler: está aquí si la necesita

Release Date:
abril 19, 2022

Si usted es un sobreviviente del huracán Ida, podría ser elegible para recibir  asistencia continua de alquiler para vivienda provisional a través del Programa de Individuos y Familias de FEMA.  FEMA paga el alquiler provisional, incluido un depósito de seguridad, en un lugar distinto a su casa dañada, para ayudarle a recuperarse.

Su alquiler puede ser una casa, un apartamento  o un hotel. La asistencia incluye servicios públicos esenciales como la electricidad y el agua, pero no cable o Internet. El monto de alquiler aprobado se basará en el valor justo de mercado para su área según lo determinado por el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos.

La asistencia continua de alquiler puede estar disponible en función de la necesidad continua si la vivienda adecuada no está disponible o si no ha completado un plan de vivienda permanente. Si tiene la intención de buscar asistencia continua para alquiler, necesitará recibos que demuestren que utilizó su asistencia de FEMA para el alquiler.  Guarde sus recibos durante tres años.

Usted puede calificar para asistencia continua si:

  • Demuestra su necesidad financiera relacionada con el desastre; y
  • Demuestra que está desarrollando un plan de vivienda permanente o a largo plazo o demuestra progreso hacia uno. Un buen ejemplo de esto sería el estimado de reparaciones de un contratista ya que puede señalar el progreso.

Un plan de vivienda permanente es aquel que le permitiría volver a tener una vivienda permanente segura, higiénica y funcional en un plazo razonable, incluyendo el tiempo suficiente para asegurar fondos, localizar una vivienda permanente y mudarse a ella. Debe continuar trabajando hacia obtener una vivienda permanente para seguir siendo elegible para la asistencia continua de alquiler.

Si tiene una necesidad continua, puede solicitar asistencia adicional para alquiler.

  • Si usted es un inquilino, comuníquese con FEMA y solicite una Declaración de Necesidad Continua de Asistencia de Alquiler.
  • Si usted es propietario de una vivienda, el documento normalmente se envía por correo 15 días después de que se haya recibido la asistencia de alquiler.
  • Devuelva el formulario completado a FEMA, ya sea enviándolo por correo a: FEMA, P.O. Box 10055, Hyattsville MD 20782-8055, o por fax al (800) 827-8112, o subiéndolo a su cuenta del Centro de Asistencia por Desastre de FEMA, disponible en línea en DisasterAssistance.gov/es.

Se pueden otorgar extensiones en la asistencia de alquiler por períodos de tres meses hasta un máximo de 18 meses a partir del 29 de agosto de 2021, fecha de la declaración de desastre del huracán Ida.

Para ser elegible para la asistencia continua de alquiler, debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Utilizó su asistencia de alquiler en alquiler.
  • No puede regresar a casa porque no se puede acceder a ella o no es adecuada para vivir debido al desastre.
  • No tiene dinero para vivienda sin asistencia.
  • No está recibiendo ayuda de vivienda provisional de ninguna otra fuente.
  • Usted proporciona el estado de su plan de vivienda permanente.

La solicitud completa requerirá estos documentos de apoyo:

  • Estado de los ingresos del hogar, anteriores al desastre y actuales.
  • Copias del contrato de arrendamiento previo al desastre, facturas de servicios públicos e información del seguro del inquilino.
  • Copia del contrato de arrendamiento o alquiler firmado por usted y el propietario.
  • Los recibos de alquiler, los cheques cancelados o los giros postales que muestran que la asistencia de alquiler se utilizó para pagar los gastos de vivienda.

Es importante mantener a FEMA actualizada con su información de contacto y estado de vivienda.

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