Asistencia para el Cuido de Niños podría estar disponible para los sobrevivientes del desastre de Oklahoma

Release Date:
mayo 22, 2023

Los sobrevivientes del desastre de Oklahoma pueden ser elegibles para la Asistencia para el Cuido de Niños de FEMA aunque no hayan tenido daño a la propiedad. FEMA puede adjudicar el pago de Asistencia para el Cuido de Niños bajo su programa de Asistencia para Otras Necesidades a aquellas personas con gastos de cuido de niños causados por el desastre después de los tornados del 19 y 20 de abril, el viento en línea recta y el mal tiempo.

La Asistencia para el Cuido de Niños de FEMA puede hacer frente a los gastos relacionados con el desastre para familias elegibles con niños menores de 13 años o familias con niños con discapacidad de hasta 21 años, que necesiten asistencia para las actividades de la vida diaria como comer, bañarse, vestirse, ir al baño, trasladarse (caminar) y continencia.

Los gastos elegibles de cuido de niños incluyen las tarifas estándar de los servicios de cuido de niños y los servicios de asistencia personal que apoyan las actividades de la vida diaria de los individuos con discapacidades.

Las cuotas de inscripción para el cuido de niños y para el inventario personal de salud son gastos elegibles para los solicitantes que requieran un nuevo proveedor de servicios de cuido de niños.

  • La cuota de inscripción es una cuota que se paga una sola vez al inscribir a un niño elegible con un proveedor de servicios de cuido de niños autorizado.
  • La cuota para el inventario personal de salud es una cuota que se cobra en el consultorio médico por el procesamiento de la documentación médica requerida como parte del proceso de inscripción.

La Asistencia para el Cuido de Niños puede estar disponible hasta por ocho semanas por niño u hogar. La cantidad máxima para el cuido de niños para los habitantes de Oklahoma es de $1,500 por niño.

La elegibilidad para la Asistencia para el Cuido de Niños comienza en la fecha del período del incidente del desastre declarado y continúa hasta el final del período de 18 meses de asistencia, a menos que se extienda el plazo.

Para calificar para la Asistencia para el Cuido de Niños deben cumplirse estas condiciones generales para que un solicitante sea elegible para recibir la asistencia del programa IHP: 

  • El solicitante debe cumplir los requisitos de elegibilidad del programa de Individuos y Familias.
  • El solicitante debe ser ciudadano estadounidense, nacional de otro país o extranjero cualificado.
  • FEMA debe poder verificar la identidad del solicitante.
  • El seguro del solicitante, u otras formas de asistencia por desastre recibidas, no cubren las pérdida por cuido de niños.
  • El solicitante debe tener gastos necesarios (instalaciones de cuido de niños dañadas o inoperativas) causados por el desastre.

Además de cumplir las condiciones generales de elegibilidad como consecuencia directa del desastre, el hogar debe tener un aumento de la carga financiera para el cuido de niños provocado por el desastre.

  • Los ingresos brutos del hogar del solicitante han disminuido; o
  • Los gastos de cuido de niños del solicitante han aumentado.

Las familias deben certificar que no pueden utilizar servicios de asistencia para el cuido de niños proporcionados por ninguna otra fuente para poder optar a la asistencia para el cuido de niños. Las familias deben presentar documentos que demuestren la necesidad de Asistencia para el Cuido de Niños causada por el desastre y la cantidad de los gastos elegibles.

Documentos necesarios:

  • Documentación de los ingresos brutos del hogar antes y después del desastre.
  • Recibos previos al desastre, contrato o carta firmada del proveedor de cuido de niños para los gastos de cuido de niños.
  • Recibos o estimados posteriores al desastre por cuotas de cuido de niños, registro y/o inventario personal de salud.
  • La licencia y el contrato o acuerdo del proveedor de cuido de niños tras el desastre.
  • Plan educativo individualizado (IEP, por sus siglas en inglés), plan 504 o una declaración de un profesional médico, si procede, para verificar la discapacidad de los niños de hasta 21 años que necesiten asistencia.
  • Una declaración escrita y firmada por el solicitante.

Limitaciones y exclusiones

Si un niño es miembro de varias familias, FEMA sólo adjudicará la Asistencia para el Cuido de Niños al padre que tenga la custodia principal o al tutor responsable de los gastos de cuido de niños.

FEMA no le ayudará con ninguno de los siguientes:

  • Cuotas por actividades extracurriculares, servicios educativos y servicios adicionales.
  • Cuotas no relacionadas con los servicios del día a día del cuido de niños proporcionados al niño elegible.
  • Gastos de combustible relacionados con el transporte del niño hacia y desde el proveedor de cuido de niños.
  • Atención o servicios médicos.
  • Campamentos o clubes recreativos.

Las familias que no tenían gastos de cuido de niños antes del desastre pero que han tenido o tendrán gastos de cuido de niños a causa del desastre también pueden ser elegibles pero deben cumplir requisitos adicionales de elegibilidad. Para más información, póngase en contacto con la Línea de Ayuda de FEMA en el 800-621-3362 o visite un Centro de Recuperación de Desastre (DRC, por sus siglas en inglés). Para encontrar un centro cerca de usted, visite fema.gov/drc (versión en inglés).

Para solicitar asistencia, visite: www.disasterassistance.gov/es. Si no le es posible presentar su solicitud en línea, llame al 800-621-3362. Las líneas telefónicas gratuitas funcionan de 6 a.m. a 10 p.m., horario de verano Central, siete días a la semana. Si utiliza el servicio de retransmisión por vídeo (VRS, por sus siglas en inglés), el servicio telefónico subtitulado u otros, deberá facilitar a FEMA el número de dicho servicio.

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