DR-4339-PR Evaluación Ambiental Programática Aviso Público 002

Notice Date

Aviso de disponibilidad de la Evaluación Ambiental Programática para la reparación, remplazo y realineamiento de los servicios públicos de utilidades en Puerto Rico a nivel de isla tras el huracán María

FEMA-DR-4339-PR

Por la presente se le apercibe al público sobre la intención de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias del Departamento de Seguridad Nacional (DHS-FEMA, en inglés) de proporcionar fondos federales al Gobierno de Puerto Rico, el solicitante, para reparar, remplazar y reubicar los servicios públicos que tuvieron daños provocados por los vientos, lluvias y aguas de inundación tras el huracán María. Se emitió una declaración de desastre para el huracán María el 20 de septiembre de 2017 cubriendo a todo el territorio. La declaración autoriza la asistencia pública federal para las comunidades afectadas y ciertas organizaciones sin fines de lucro conforme a FEMA y en cumplimiento de la Ley Robert T. Stafford de Ayuda en Desastres y Asistencia en Emergencias de 1974 (42 U.S.C. 5172) según enmendada; la Ley de Mejoras para la Recuperación de Sandy (SRIA, en inglés) de 2013; y la Ley de Presupuesto Bipartidista de 2018 (Ley Pública 115-123). La Oficina Central de Recuperación, Reconstrucción y Resiliencia (COR3) es el receptor de las subvenciones de FEMA y múltiples agencias pueden ser subreceptoras para proyectos específicos.

La necesidad de tomar acción es para restablecer una red segura y confiable de servicios públicos mediante la reparación, reemplazo o reubicación a fin de reconectar las comunidades afectadas por la tormenta con una entrega segura y eficiente de servicios de energía, agua, alcantarillados y comunicaciones, y ayudar a reducir la posibilidad de daños en el futuro al actualizar los servicios públicos dañados en conformidad con los códigos y estándares de ingeniería vigentes. Los servicios públicos que están cubiertos bajo esta Evaluación Ambiental Programática (PEA, en inglés) se definen de la siguiente manera: instalaciones de almacenamiento de agua, estaciones de bombeo de agua, plantas de tratamiento de agua potable y aguas residuales y sus sistemas de entrega; instalaciones de generación, transmisión y distribución de energía complementaria, incluyendo, pero no limitándose a las turbinas de viento, los parques solares, los generadores, las subestaciones y las líneas del tendido eléctrico; instalaciones de transmisión y distribución de gas natural; sistemas de recolección de aguas pluviales, aguas residuales y las plantas de tratamiento de aguas sanitarias y los sistemas de comunicación.

De conformidad con la Ley Nacional de Política Ambiental (NEPA, en inglés), se ha preparado una PEA para evaluar el posible impacto a las acciones propuestas en el medio ambiente humano. El requisito de FEMA-DHS de atender el manejo de los valles de inundación y la protección de humedales conforme a 44 CFR Parte 9 se incorpora a esta PEA. Esta PEA de Servicios Públicos está disponible para la revisión de la agencia y del público, y para comentarios por un período adicional de 30 días, culminando el 22 de diciembre de 2020. Los materiales que estarán disponibles públicamente incluirán una traducción al español del Resumen Ejecutivo de la PEA. La PEA de Utilidades está disponible para descarga en los siguientes enlaces:

Una copia impresa de la PEA estará disponible para revisión en los siguientes lugares:

Municipio de Caguas

Casa Alcaldía William Miranda Marín

Oficina de Asuntos Ambientales, Segundo piso

Calle Padial, esquina Avenida Jose Mercados,

Caguas, Puerto Rico

 

Municipio de Humacao

Gobierno Municipal y Casa Alcaldía

Oficina de Planificación, Tercer piso

Calle Efraín Meléndez

Humacao, Puerto Rico

 

Municipio de Aibonito

Casa Alcaldía, Oficina de Permisos

Anexo núm. 56

Oficina de Permisos

Aibonito, Puerto Rico

 

Municipio de Bayamón

Casa Alcaldía de Bayamón

Programa de Vigilantes Ambientales, Cuarto piso

Carretera Num. 2, Km. 11

Bayamón, Puerto Rico

Esta PEA refleja la revisión y evaluación del gobierno federal, la entidad que toma decisiones para las acciones federales; sin embargo, FEMA tomará en cuenta cualquier comentario sustancial que se reciba durante el periodo de revisión pública respecto a la aprobación de subvenciones e implementación de proyectos. El público queda invitado a presentar sus comentarios por escrito y enviarlos por correo electrónico a:

FEMA-EHP-DR4339@fema.dhs.gov o por correo regular a: Federal Emergency Management Agency Region II – DR-4339-PR Puerto Rico Joint Recovery Office, #50 State Road 165 Suite 3, Guaynabo, Puerto Rico 00968, Attn: Comentarios públicos sobre la PEA de Utilidades en Puerto Rico. Si FEMA no recibe comentarios sustanciales del público o de las agencias comentadoras o consultadas, FEMA adoptará la PEA como final y emitirá una Determinación de No Impacto Significativo (FONSI, en inglés). Si FEMA recibe comentarios sustanciales, evaluará y atenderá los comentarios como parte del FONSI o en una PEA final.

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