SAN ANTONIO, Texas -- Víctimas de las inundaciones, incluyendo las entidades de gobierno, que se están preparando para hacer reparaciones escenciales a sus propiedades dañados por las inundaciones, deben guardar todos los recibos relacionados con el desastre de acuerdo a los funcionarios federales y estatales de recuperación.
"Los recibos son importantes para propósitos de impuestos y para documentar los reclamos de los daños o pérdidas", dijo el Coordinador Estatal, Ed Laundy. "También es una buena idea tomar fotografías o grabar con camara de video toda propiedad dañada antes de limpiar si es posible", agregó.
Los tipos de asistencia para individuos elegibles incluye:
- Subvenciones de FEMA para pagar las reparaciones básicas del hogar para que esté en condiciones de vivir;
- Subvenciones de FEMA para sufragar el gasto de alquiler en el evento de que el hogar esté temporalmente inhabitable;
- Préstamos a bajo interés, y a largo plazo de la Administración de Pequeños Negocios (SBA, por sus siglas en inglés) para hacer reparaciones adicionales o reemplazar una casa y propiedad personal;
- Préstamos de SBA para pagar la propiedad dañada y proveer capital de trabajo;
- Subvenciones para Individuos y Familias provistos por FEMA y la División para el Manejo de Emergencias de Texas (TDEM, por sus siglas en inglés) para sufragar los gastos necesarios tales como gastos médicos o funerarios no cubiertos por otros programas de ayuda;
- Asistencia con el desempleo con fondos provistos por el Departamento de Labor de los EE.UU. y administrado por la Comisión Laboral de Texas; y
- Referidos a otros programas tales como la Cruz Roja Americana y el Ejercito de Salvación.
Las unidades de gobierno pueden ser elegibles para el Programa de Asistencia Pública, y se les exhorta que guarden recibos detallados asociados con los costos relacionados al desastre como horas extras de los empleados y remoción de escombros.
El primer paso para obtener esta asistencia es llamar a la Línea de Solicitud de FEMA al 1-800-462-9029 (TDD: 1-800-462-7585) entre las 7 a.m. y 7 p.m., los siete dias de la semana.

